La reciente sentencia n.º 16083 del 17 de marzo de 2023 del Tribunal de Casación ofrece puntos de reflexión significativos en relación con la suspensión del proceso a prueba y la indemnización por daños. El Tribunal reiteró la importancia de una indemnización adecuada, que debe corresponder al perjuicio sufrido por la víctima y considerar las condiciones económicas del imputado.
La sentencia en cuestión se refiere a un caso de robo de energía eléctrica, en el que el imputado, N. A., había solicitado la suspensión del proceso a prueba. El Tribunal examinó la propuesta de indemnización presentada por el imputado, destacando cómo esta no era congruente con su capacidad económica. Según el Tribunal, la indemnización debe ser proporcional al perjuicio causado a la víctima, pero también a la situación económica del imputado.
Solicitud de suspensión a prueba - Indemnización por daños - Correspondencia con el perjuicio causado a la víctima “en la medida de lo posible”, o, en su defecto, a las condiciones económicas del imputado - Facultades probatorias del juez ex art. 468-bis, párrafo 5, del código de procedimiento penal - Ejercicio - Condiciones - Supuesto de hecho. En materia de suspensión del proceso a prueba, la indemnización por daños debe corresponder al perjuicio patrimonial causado a la víctima, "en la medida de lo posible", o, en su defecto, al máximo esfuerzo exigible al imputado a la luz de sus condiciones económicas, de modo que el juez, si existen cuestiones de investigación que profundizar, debe activar, ex art. 464-bis, párrafo 5, del código de procedimiento penal, sus facultades probatorias, mientras que, en caso contrario, solo está obligado a dar cuenta del razonamiento seguido. (Supuesto de hecho relativo a robo de energía eléctrica, en el que el Tribunal consideró inmune a censura la decisión con la que, con motivación detallada, se había valorado inadecuada la indemnización ofrecida, ya que, según los datos obrantes en autos, la propuesta resultaba incoherente con la capacidad económica del imputado deducida, entre otros, del valor de los bienes instrumentales y del capital por él invertido en la actividad empresarial).
Esta sentencia subraya el papel activo del juez en la evaluación y verificación de las propuestas de indemnización. En particular, el artículo 468-bis, párrafo 5, del código de procedimiento penal atribuye al juez facultades probatorias que deben ejercerse cuando hay elementos que profundizar. Este enfoque tiene como objetivo garantizar que la indemnización no solo satisfaga las necesidades de la víctima, sino que también respete las capacidades económicas del imputado.
En resumen, la sentencia n.º 16083 de 2023 ofrece una importante aclaración sobre el tema de la indemnización por daños en relación con la suspensión del proceso a prueba. Pone énfasis en la necesidad de una evaluación cuidadosa y motivada por parte del juez, que debe garantizar un equilibrio entre la indemnización debida a la víctima y las posibilidades económicas del imputado. Este enfoque no solo protege a las víctimas, sino que también contribuye a la justicia social, evitando que una indemnización inadecuada pueda comprometer aún más la posición económica del imputado.