La ordenanza n.º 23414 del 30 de agosto de 2024, emitida por la Corte de Casación, representa un importante punto de referencia para los trabajadores involucrados en despidos colectivos y para la interpretación de las medidas de salvaguardia relativas a las pensiones de jubilación por antigüedad. En particular, la Corte ha aclarado que los trabajadores destinatarios de un despido colectivo, cuyo cese en movilidad se produjo antes del 4 de diciembre de 2011, pueden acceder a la medida de salvaguardia prevista por la ley n.º 147 de 2013. Este aspecto resulta crucial para comprender los derechos de pensión de los trabajadores en situaciones de crisis empresarial.
La medida de salvaguardia, mencionada en el artículo 1, párrafo 194, letra d) de la ley n.º 147 de 2013, se introdujo para proteger a los trabajadores despedidos debido a eventos extraordinarios, garantizándoles un acceso simplificado a la pensión de jubilación por antigüedad. La Corte ha establecido que, a pesar de los cambios normativos, los trabajadores en movilidad cesada antes del 4 de diciembre de 2011 entran dentro de este régimen de excepción.
ANTIGÜEDAD Requisitos de acceso y fecha de inicio - Régimen de excepción ex art. 1, párrafo 194, letra d), ley n.º 147 de 2013 (la llamada medida de salvaguardia) - Trabajadores destinatarios de despido colectivo con cese en movilidad antes del 4 de diciembre de 2011 - Aplicabilidad - Fundamento. En materia de tratamiento de pensiones, la medida de salvaguardia prevista en la norma general del art. 1, párrafo 194, letra d), ley n.º 147 de 2013, se aplica también a los trabajadores destinatarios de un despido colectivo, cuyo cese en movilidad se produjo al 4 de diciembre de 2011, fecha de entrada en vigor del art. 24, decreto ley n.º 201 de 2011, convertido por la ley n.º 214 de 2011, ya que, a falta de los presupuestos para la aplicación de la salvaguardia de la posterior letra e), también el despido colectivo constituye una hipótesis de resolución unilateral de la relación laboral.
Esta sentencia tiene varias implicaciones significativas:
En conclusión, la Ordenanza n.º 23414 de 2024 representa un paso fundamental en la protección de los derechos de pensión de los trabajadores, destacando la importancia de garantizar un acceso equitativo y directo a las medidas de salvaguardia. Es esencial que los trabajadores involucrados en despidos colectivos comprendan plenamente sus derechos y las oportunidades que la normativa ofrece.
Esta decisión de la Corte de Casación no solo aclara aspectos normativos complejos, sino que también subraya la importancia de la protección de los derechos de los trabajadores en situaciones de dificultad económica. La medida de salvaguardia se convierte así en una herramienta esencial para garantizar una transición más serena hacia la jubilación para aquellos que han sufrido un despido colectivo.