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Comentario a la Sentencia n. 19125 de 2023: Blanqueo de capitales y responsabilidad del titular de la cuenta | Bufete de Abogados Bianucci

Comentario a la Sentencia n. 19125 de 2023: Blanqueo de Capitales y Responsabilidad del Titular de la Cuenta

La reciente sentencia n. 19125 del 26 de abril de 2023 del Tribunal de Casación proporciona importantes aclaraciones sobre la configuración del delito de blanqueo de capitales, especificando las responsabilidades penales de quien pone a disposición una cuenta corriente para el cobro de sumas obtenidas mediante fraude informático. Este análisis tiene como objetivo hacer más comprensibles las implicaciones legales de tales comportamientos.

El Caso y la Decisión del Tribunal

En esta situación, el acusado, A. B., permitió el uso de su cuenta corriente para recibir dos transferencias ilícitas, originadas por un acceso abusivo a la cuenta de una persona perjudicada. El Tribunal consideró que, a pesar de que el acusado no había participado activamente en el fraude informático, su conducta era suficiente para integrar el delito de blanqueo de capitales según el art. 648-bis del Código Penal.

  • El delito presupuesto es el fraude informático, regulado por el art. 640-ter del Código Penal.
  • La conducta de obstaculizar la determinación del origen de las sumas fue destacada como un elemento clave.
  • La responsabilidad penal del titular de la cuenta fue confirmada, a pesar de su no participación directa en el delito originario.

La Máxima de la Sentencia

Blanqueo de capitales - Ingreso de sumas obtenidas mediante fraude informático en una cuenta corriente puesta a disposición por un sujeto no partícipe en el delito presupuesto - Configuración del delito a cargo del titular de la cuenta corriente - Existencia - Supuesto de hecho. Integra el delito de blanqueo de capitales la conducta de quien, sin haber participado en el delito presupuesto, pone a disposición su propia cuenta corriente para obstaculizar la determinación del origen delictivo de las sumas obtenidas por otros mediante fraude informático, permitiendo su ingreso en ella y procediendo, posteriormente, a su cobro. (Supuesto de hecho en el que el acusado, tras el acceso abusivo realizado por otros en la "banca online" de la persona perjudicada, habiendo recibido dos transferencias con el abono de las sumas ilícitamente retiradas, solicitó, en el mismo día, la emisión de dos giros postales, cobrando el dinero proveniente del delito de que trata el art. 640-ter del Código Penal).

Implicaciones Legales y Conclusiones

Esta sentencia subraya la importancia de vigilar el uso de las propias cuentas corrientes, ya que incluso una mera disponibilidad puede acarrear responsabilidad penal. Es fundamental, para quien gestiona una cuenta, ser consciente de las operaciones que en ella se realizan y del origen de los fondos. La interpretación del Tribunal, por lo tanto, sirve de advertencia para todos los usuarios del sistema bancario, reforzando la idea de que la ley castiga no solo a quien comete el delito, sino también a quien de forma colusoria facilita su realización.

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