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Comentario a la Sentencia n. 34816 de 2023: Riesgos para la Salud y Orden de Detención Europea | Bufete de Abogados Bianucci

Comentario sobre la Sentencia n.º 34816 de 2023: Riesgos para la Salud y Orden de Detención Europea

La reciente Sentencia n.º 34816 de 2023 del Tribunal de Casación ha planteado importantes cuestiones sobre la gestión de las órdenes de detención europeas (ODE) en relación con el riesgo de deterioro de la salud de los sujetos implicados. Esta decisión se enmarca en un contexto jurídico complejo, donde la protección de los derechos humanos y la cooperación entre los Estados miembros asumen un papel crucial.

El Riesgo para la Salud y la Orden de Detención Europea

El Tribunal de Casación ha establecido que, en caso de que exista un riesgo significativo e irremediable para la salud del sujeto destinatario de una ODE, la autoridad del Estado de ejecución tiene la facultad de suspender la entrega. Esto está previsto en los artículos 18 y 18-bis de la ley de 22 de abril de 2005, n.º 69, que se aplican también de conformidad con el artículo 23, apartado 4, de la decisión marco 2002/584/JAI.

  • Riesgo de deterioro rápido de la salud;
  • Reducción significativa de la esperanza de vida;
  • Falta de atención adecuada en el país solicitante.

Estos elementos deben evaluarse cuidadosamente para garantizar que se respeten los derechos fundamentales del entregado. El Tribunal ha subrayado la importancia de obtener garantías de la autoridad judicial emisora sobre los tratamientos sanitarios que se proporcionarán en el entorno carcelario.

Las Interlocuciones con la Autoridad Emisora

ODE - Entrega al extranjero - Riesgo de deterioro rápido, significativo e irremediable del estado de salud del entregado - Suspensión de la entrega - Condiciones - Consecuencias - Interlocuciones con la autoridad emisora - Resultado - Rechazo - Posibilidad. En materia de orden de detención europea para el extranjero, si existe el riesgo para el entregado de un deterioro rápido, significativo e irremediable de su estado de salud, o una reducción significativa de su esperanza de vida, o un peligro para su propia vida, incluso teniendo en cuenta la falta de atención adecuada a las condiciones patológicas en el Estado de emisión, la autoridad del Estado de ejecución, de conformidad con los artículos 18 y 18-bis de la ley de 22 de abril de 2005, n.º 69, interpretados en conformidad con el artículo 23, apartado 4, de la decisión marco 2002/584/JAI, puede suspender la entrega de la persona solicitada con el fin de obtener garantías de la autoridad judicial emisora sobre los tratamientos que se aplicarán en el entorno carcelario; tras estas interlocuciones, puede dar curso a la solicitud de entrega o, en la hipótesis residual en la que no se identifique una solución que permita evitar graves riesgos para la salud de la persona buscada, emitir una decisión final de rechazo (v. Tribunal Constitucional n.º 173 de 2023).

Este pasaje pone de relieve la importancia de las interlocuciones entre las autoridades competentes, que deben realizarse de forma transparente y oportuna para garantizar los estándares de protección de la salud que toda persona merece, independientemente de su situación jurídica.

Conclusiones

La sentencia n.º 34816 de 2023 representa un paso significativo hacia la salvaguardia de los derechos humanos en el contexto de las órdenes de detención europeas. Impone a los Estados miembros la obligación de considerar no solo los aspectos jurídicos, sino también las implicaciones humanitarias relacionadas con la salud de los sujetos implicados. Las autoridades deben actuar con cautela, equilibrando las necesidades de la justicia con el respeto a la dignidad humana.

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