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Comentario a la Sentencia n.º 33139 de 2024: Circunstancia agravante de la ingente cantidad de estupefacientes | Bufete de Abogados Bianucci

Comentario a la Sentencia n.º 33139 de 2024: Circunstancia agravante de la ingente cantidad de estupefacientes

La sentencia n.º 33139 de 2024 de la Corte de Casación representa una importante resolución en materia de derecho penal, en particular respecto a la agravante de la ingente cantidad de sustancias estupefacientes. La Corte, con su pronunciamiento, ha aclarado algunos aspectos fundamentales relativos a la aplicación del artículo 80, apartado 2, del d.P.R. 9 de octubre de 1990, n.º 309, en cuanto a la configurabilidad de dicha agravante incluso en ausencia de pericia.

La cuestión de la pericia y la agravante

Según la sentencia, la agravante de la ingente cantidad puede configurarse incluso sin la necesidad de una pericia específica sobre la sustancia incautada. Esto es particularmente significativo, ya que implica que la mera pesada de la sustancia, acompañada de un análisis del conjunto probatorio global, puede ser suficiente para considerar que existe la agravante. En particular, la Corte ha establecido que, para las llamadas "drogas duras", el principio activo debe superar 2.000 veces el valor máximo establecido, mientras que para las "drogas blandas" el límite se fija en 4.000 veces.

Circunstancia agravante de la ingente cantidad - Existencia - Pericia sobre la sustancia objeto de incautación - Necesidad - Exclusión - Condiciones. En materia de estupefacientes, puede considerarse configurable la agravante de la ingente cantidad del art. 80, apartado 2, d.P.R. 9 de octubre de 1990, n.º 309, aun en ausencia de pericia, en el caso en que, según el conjunto probatorio, se desprenda que el principio activo extraíble de la sustancia incautada, objeto, por tanto, de pesada, haya alcanzado el "umbral mínimo", apreciable cuando la cantidad resulte superior, para las llamadas "drogas duras", a 2.000 veces y, para las llamadas "drogas blandas", a 4.000 veces, el valor máximo, en miligramos, determinado, para cada sustancia, en la tabla adjunta al d.m. 11 de abril de 2016.

Implicaciones de la sentencia

Esta decisión tiene diversas implicaciones para el derecho penal italiano. En primer lugar, indica un enfoque más flexible por parte de la jurisprudencia, que parece privilegiar el análisis global de los hechos frente a requisitos estrictamente formales como la pericia. Además, aclara que la incautación y pesada de las sustancias pueden proporcionar elementos suficientes para la acreditación de la agravante, haciendo así más incisivas las medidas de represión frente a los delitos relacionados con el tráfico de estupefacientes.

  • Reconocimiento de la gravedad del delito.
  • Mayor certeza jurídica para los jueces en la aplicación de la norma.
  • Posibilidad de endurecer las penas para los traficantes de sustancias estupefacientes en ingentes cantidades.

Conclusiones

En conclusión, la sentencia n.º 33139 de 2024 representa un paso adelante en la lucha contra el tráfico de estupefacientes, confirmando la importancia del umbral mínimo para la configuración de la agravante de la ingente cantidad. Los operadores jurídicos deben tener ahora en cuenta que la ausencia de pericia no excluye la posibilidad de aplicar la agravante, siempre que los datos de hecho recopilados demuestren claramente la gravedad de la situación. Mantenerse al día sobre estos desarrollos jurisprudenciales es crucial para una correcta defensa y para afrontar los desafíos relacionados con los delitos de drogas en nuestro ordenamiento jurídico.

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