La reciente sentencia n.º 21108 del 10 de mayo de 2023 del Tribunal de Casación ofrece importantes aclaraciones sobre la reiteración de las medidas cautelares, un tema de gran relevancia en el derecho penal. En particular, el Tribunal ha establecido que no está precluida la posibilidad de reemisión de providencias cautelares ya anuladas, siempre que estas se fundamenten en supuestos distintos a los examinados previamente.
El caso en cuestión se refería a una providencia de embargo preventivo dictada contra V. D. M., en relación con un delito de estafa destinado a la obtención de subvenciones públicas. Tras una primera anulación de la providencia, el Tribunal examinó la validez de una nueva orden de embargo, constatando que las investigaciones adicionales habían revelado nuevas pruebas y una naturaleza diferente de la conducta ilícita.
A raíz de las resoluciones del Tribunal de casación o del Tribunal en el resultado del procedimiento incidental de impugnación de medidas cautelares, no está precluida la reiteración de providencias que tengan el mismo objeto que la anulada, cuando se fundamenten en supuestos distintos. (Supuesto en el que el Tribunal desestimó el recurso contra una providencia de embargo preventivo reemitida, tras una anulación previa, en relación con un delito de estafa destinado a la obtención de subvenciones públicas, sobre el fundamento de que las investigaciones adicionales realizadas habían permitido constatar tanto el diferente importe de la contribución obtenida gracias a falsas declaraciones, como la diferente naturaleza de la conducta ilícita respecto a la examinada en la primera providencia cautelar).
Esta sentencia tiene importantes implicaciones prácticas para los abogados y sus clientes. A continuación, se presentan algunos puntos clave a considerar:
En resumen, la sentencia n.º 21108 de 2023 representa un paso significativo en la jurisprudencia italiana relativa a las medidas cautelares. Aclara que, en presencia de nuevos elementos probatorios, es posible dictar nuevamente providencias cautelares, incluso después de una anulación previa. Este principio no solo refuerza la eficacia de las investigaciones penales, sino que también garantiza un equilibrio entre las exigencias de justicia y los derechos de los imputados.