La sentencia n.º 32994 del 20 de agosto de 2024, emitida por la Corte de Casación, ofrece importantes aclaraciones sobre la disciplina de la prisión provisional, en particular respecto a los plazos máximos de duración en caso de anulación con reenvío de una sentencia de condena. Este tema es de fundamental importancia en el derecho penal, ya que los plazos de la prisión provisional inciden directamente en la libertad del individuo.
La Corte se ha pronunciado sobre la cuestión de los límites de duración de la prisión provisional, especificando que, en caso de anulación con reenvío de la sentencia de condena, se aplica exclusivamente la disciplina prevista en el apartado 2 del art. 303 del código de procedimiento penal. Este apartado establece los plazos máximos de prisión provisional, con una nueva fecha de inicio a partir de la fecha de la sentencia de anulación.
Anulación con reenvío de la sentencia de condena - Regresión del procedimiento - Aplicación alternativa de los límites previstos en los apartados 2 y 4 del art. 303, cod. proc. pen. - Exclusión. En materia de plazos máximos de la prisión provisional, en caso de anulación con reenvío de la sentencia de condena y consiguiente regresión del procedimiento, se aplica la disciplina prevista en el apartado 2 del art. 303 cod. proc. pen. con nueva fecha de inicio a partir de la fecha de la sentencia de anulación, mientras que los plazos previstos en el apartado 4 del art. 303 cod. proc. pen., no conciernen a hipótesis distintas de fecha de inicio alternativas a las previstas en el apartado 2 y representan el límite máximo de duración total de la medida cautelar.
Esta sentencia tiene importantes implicaciones para los abogados y para los detenidos en prisión provisional. En particular, aclara que:
La sentencia n.º 32994 de 2024 representa un importante paso adelante en la aclaración de las normas relativas a la prisión provisional en Italia. La Corte de Casación ha reiterado que, en caso de anulación con reenvío, el procedimiento debe seguir límites de duración específicos, para garantizar los derechos del imputado. Esta decisión no solo proporciona una orientación para casos futuros, sino que también sirve para recordar la importancia de la tutela de los derechos fundamentales en el proceso penal, en un contexto en el que la prisión provisional debe estar siempre justificada y ser proporcionada.