La reciente providencia de la Corte de Casación n.º 22958 del 20 de agosto de 2024 plantea interrogantes cruciales sobre los derechos de los trabajadores en el empleo público contratado, en particular en lo que respecta a las funciones superiores y las diferencias retributivas. Esta sentencia aclara cómo deben interpretarse los derechos retributivos de los trabajadores asignados a funciones superiores, proporcionando un importante precedente jurídico.
El núcleo de la cuestión está representado por el artículo 52, apartado 5, del decreto legislativo n.º 165 de 2001, que establece que, en ausencia de disposiciones legales o contractuales diferentes, un trabajador asignado a funciones de una categoría superior tiene derecho a recibir el tratamiento económico previsto para esa categoría, además de lo ya percibido por su puesto de clasificación.
“(NATURALEZA, CARACTERÍSTICAS, DISTINCIONES) Empleo público contratado - Funciones superiores - Diferencias retributivas ex art. 52, apartado 5, del d.lgs. n.º 165 de 2001 - Modalidades de cálculo. En el empleo público contratado, el art. 52, apartado 5, del d.lgs. n.º 165 de 2001 - a falta de disposiciones legales o de la negociación colectiva aplicables a determinadas categorías de trabajadores - debe interpretarse en el sentido de que el trabajador asignado a funciones pertenecientes a la categoría superior, sin perjuicio de la nulidad de la asignación, tiene derecho (por el período de desempeño de dichas funciones de manera predominante, conforme al apartado 3 del mismo art. 52) al pago de la diferencia entre el tratamiento económico inicial previsto para la categoría superior a la que corresponden las funciones desempeñadas y el inicial de la categoría de clasificación, además de lo percibido por el puesto económico de pertenencia y, eventualmente, a título de retribución individual por antigüedad.”
Esta providencia tiene diversas implicaciones para los trabajadores y las administraciones públicas. En particular, establece claramente que:
La providencia n.º 22958 de 2024 representa un importante paso adelante en la protección de los derechos de los trabajadores en el empleo público, aclarando las modalidades de cálculo de las diferencias retributivas para quienes son asignados a funciones superiores. Es fundamental que las administraciones públicas y los trabajadores sean conscientes de estos derechos, para garantizar una justa retribución por el trabajo realizado. La correcta aplicación de estas disposiciones no solo protege los derechos individuales, sino que también contribuye a un entorno de trabajo más equitativo y justo en el sector público.