La sentencia n.º 17531 del 22 de febrero de 2023, emitida por la Corte de Casación, ofrece una importante reflexión sobre la cuestión del reconocimiento de la continuación en sede ejecutiva. En particular, la Corte ha reiterado los límites previstos por la normativa italiana respecto al cómputo de las penas a ejecutar, especialmente en los casos en que se hace referencia a delitos continuados.
Esta sentencia se ha hecho necesaria para aclarar algunos aspectos controvertidos sobre la aplicación del artículo 657, apartado 4, del código de procedimiento penal, el cual establece que solo la prisión preventiva o las penas cumplidas "sine titulo" pueden computarse a efectos de la pena a ejecutar. La Corte ha afirmado, por tanto, que el reconocimiento de un vínculo de continuación entre delitos no permite imputar automáticamente la diferencia residual a la pena a ejecutar.
Reconocimiento de la continuación "in executivis" - Crédito de pena - Computabilidad a efectos de la pena a ejecutar - Límites. El reconocimiento del vínculo de la continuación entre delitos en sede ejecutiva, con la consiguiente determinación de una pena global inferior a la resultante del cúmulo material, no comporta que la diferencia residual pueda ser automáticamente imputada a la pena a ejecutar, a ello obstando la disposición del art. 657, apartado 4, cod. proc. pen., por lo que solo la prisión preventiva o las penas cumplidas "sine titulo" después de la comisión del delito deben computarse a tal fin, debiéndose consecuentemente escindir el delito continuado en las singulares violaciones que lo componen.
Esta máxima evidencia cómo la Corte no solo confirma el principio de derecho establecido en pronunciamientos anteriores, sino que también aclara que la escisión de los delitos continuados en las singulares violaciones es fundamental para la correcta aplicación de las penas. No es suficiente considerar el cúmulo material de las penas, sino que es necesario analizar la singular figura delictiva.
En resumen, la sentencia n.º 17531 de 2023 representa un paso importante en la definición de los criterios de cálculo de la pena en situaciones de delito continuado, contribuyendo a garantizar una aplicación más equitativa y justa de las normas penales.
La Corte de Casación, con la sentencia n.º 17531 de 2023, ha sabido reiterar con claridad los principios jurídicos que rigen el reconocimiento de la continuación en sede ejecutiva. Esta decisión no solo aclara los límites en la aplicación de las penas, sino que también refuerza la necesidad de una interpretación rigurosa de las normas, en beneficio de la justicia y de los derechos de los imputados. Es fundamental que los profesionales del derecho tomen nota de estas indicaciones para garantizar una defensa eficaz y consciente.