La sentencia n.º 15237, de 13 de enero de 2023, dictada por la Corte de Casación, ofrece una importante reflexión sobre la temática de la notificación en el ámbito laboral, en particular en lo que respecta a la contravención prevista en el art. 4, apartado 7, de la ley n.º 628 de 1961. Este pronunciamiento se inserta en un contexto jurídico en el que la seguridad y la higiene en el trabajo revisten un papel crucial, requiriendo una exacta comprensión de los procedimientos de notificación.
La Corte desestimó el recurso relativo a la cuestión de la notificación de la solicitud de la Inspección de Trabajo de proporcionar noticias y documentos. En particular, la Corte estableció que la notificación perfeccionada mediante la figura de la "compiuta giacenza" (depósito completado) no es idónea para configurar el delito, en cuanto el conocimiento efectivo de la solicitud se considera un elemento constitutivo del propio delito.
Contravención prevista en el art. 4, apartado 7, ley n.º 628 de 1961 - Notificación por depósito completado de la solicitud de la Inspección de Trabajo de proporcionar noticias y documentos - Idoneidad - Exclusión. En materia de higiene y seguridad en el trabajo, a efectos de la configuración de la contravención prevista en el art. 4, apartado 7, ley de 22 de julio de 1961, n.º 628, no es idónea la notificación de la solicitud de la Inspección de Trabajo de proporcionar noticias y documentos perfeccionada con las formas del depósito completado, dado que el conocimiento efectivo de dicha solicitud es elemento constitutivo del delito.
Esta sentencia tiene diversas implicaciones prácticas para las empresas y los profesionales del sector. En particular, es fundamental que la notificación de las solicitudes oficiales por parte de la Inspección de Trabajo se realice de manera que se garantice que el destinatario tenga conocimiento efectivo de las mismas. La ausencia de dicho conocimiento dificulta la configuración de una contravención.
En conclusión, la sentencia n.º 15237 de 2023 reitera la importancia de la notificación directa y del conocimiento efectivo por parte del destinatario, elementos esenciales para la configuración de contravenciones en materia de higiene y seguridad en el trabajo. Las empresas deben prestar atención a estos procedimientos para evitar sanciones y garantizar el cumplimiento normativo, mejorando así no solo su posición legal sino también la seguridad de los trabajadores.