La sentencia n.º 37237, de 10 de julio de 2024, dictada por la Corte de Casación, aborda un tema de gran relevancia en el panorama jurídico italiano: la responsabilidad administrativa de las entidades conforme al d.lgs. 8 de junio de 2001, n.º 231. En particular, la Corte se ha pronunciado sobre la inaplicabilidad de la causa de exclusión de la punibilidad por particular tenuidade del hecho en relación con los delitos cometidos en interés o beneficio de la entidad.
La responsabilidad de las entidades está regulada por el d.lgs. 231/2001, que prevé un régimen de responsabilidad autónoma para las personas jurídicas por los delitos cometidos en su interés. La cuestión central de la sentencia es si la causa de exclusión de la punibilidad por particular tenuidade del hecho, prevista en el art. 131 bis del Código Penal, puede aplicarse a las entidades. La Corte ha aclarado que, dada la naturaleza autónoma de la responsabilidad de la entidad respecto a la de la persona física, dicha causa de exclusión no puede encontrar aplicación.
Responsabilidad administrativa de las entidades - Causa de exclusión de la punibilidad por particular tenuidade del hecho - Aplicabilidad - Exclusión - Razones. La causa de exclusión de la punibilidad por particular tenuidade del hecho no es aplicable a la entidad por los hechos cometidos en su interés o beneficio por los directivos o por los sujetos sometidos a su dirección conforme al d.lgs. 8 de junio de 2001, n.º 231, en razón de la naturaleza autónoma de la responsabilidad de la persona jurídica respecto a la responsabilidad penal de la persona física que ha cometido el delito presupuesto.
Este pasaje destaca un principio fundamental: la entidad es responsable de forma autónoma y no puede beneficiarse de las mismas atenuantes previstas para las personas físicas. La Corte, por lo tanto, ha excluido la posibilidad de aplicar la causa de exclusión de la punibilidad por tenuidade del hecho, subrayando que la responsabilidad de la entidad debe evaluarse sobre la base de su conducta y no puede ser mitigada por la particular tenuidade del delito que ha generado el ilícito.
Las consecuencias de esta sentencia son significativas para las empresas que operan en Italia. Es fundamental que las empresas comprendan que la responsabilidad administrativa no puede evitarse fácilmente, incluso cuando los delitos son de menor entidad. A este respecto, es útil considerar algunos aspectos:
En conclusión, la sentencia n.º 37237 de 2024 ofrece una importante aclaración sobre la responsabilidad de las entidades, destacando la necesidad de un enfoque proactivo por parte de las empresas para prevenir el riesgo de sanciones.