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Comentario a la sentencia Cass. Civ., Sez. Trabajo, Ord., n. 13006/2024: Redondeo y indemnizabilidad del daño biológico. | Bufete de Abogados Bianucci

Comentario a la sentencia Cass. Civ., Sez. Lavoro, Ord., n. 13006/2024: Redondeo e indemnizabilidad del daño biológico

La reciente ordenanza del Tribunal Supremo de Casación, emitida el 13 de mayo de 2024, marca un importante paso adelante en la definición de los criterios de indemnizabilidad del daño biológico por accidente de trabajo. En particular, la Corte se pronunció sobre el recurso del I.N.A.I.L. contra la sentencia de la Corte de Apelación de Catanzaro, que había reconocido un grado de menoscabo del 6% a favor de A.A. A pesar de que la evaluación pericial inicial era del 5,89%, el perito había redondeado el dato al 6%, una operación que la Corte consideró errónea.

El caso específico y los principios jurídicos

La Corte de Apelación había confirmado la decisión del Tribunal de Castrovillari, pero la Suprema Corte acogió el recurso del I.N.A.I.L. sosteniendo que, según el art. 13, párrafo 2, del D.Lgs. n. 38/00, solo los daños iguales o superiores al 6% son indemnizables. La jurisprudencia, en particular la Cass. n. 15245/14, ya ha aclarado que no es posible redondear fracciones de punto. Por lo tanto, una invalidez inferior al mínimo establecido no da derecho a indemnización, y el redondeo podría llevar a indemnizaciones no justificadas por la ley.

La Corte reiteró que el redondeo de las fracciones de inhabilidad no está previsto por la normativa vigente, excluyendo la posibilidad de beneficios en ausencia de los requisitos legales.

Las implicaciones para los trabajadores y las empresas

Esta sentencia tiene importantes implicaciones para los trabajadores y las empresas, ya que aclara que las fracciones de invalidez no pueden ser consideradas para la indemnización. A continuación, algunos puntos clave:

  • Un daño biológico inferior al 6% no es indemnizable.
  • El redondeo a favor del trabajador está excluido por la normativa.
  • Las empresas deben prestar mayor atención a la evaluación de los daños para evitar litigios.

Conclusiones

La decisión de la Corte de Casación representa una importante aclaración en la normativa relativa a la indemnización de los accidentes de trabajo. La exclusión del redondeo de las fracciones de invalidez al grado superior reafirma la importancia de una correcta evaluación de los daños y de su indemnizabilidad. Es fundamental que tanto los trabajadores como los empleadores comprendan estos principios para evitar posibles controversias legales y garantizar el respeto de las normativas vigentes.

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