La sentencia n.º 22271 del 6 de agosto de 2024 del Tribunal de Casación ofrece importantes aclaraciones sobre la notificación de los avisos de liquidación tributaria, en particular en lo que respecta a los sujetos residentes en el extranjero. El Tribunal ha confirmado que el sistema de notificación previsto en el art. 60, apartado 4, del d.P.R. n.º 600 de 1973 solo puede utilizarse para ciudadanos italianos o sociedades italianas con sede en el extranjero.
El artículo 60 del d.P.R. n.º 600/1973 establece las modalidades de notificación de los avisos de liquidación para los contribuyentes. El Tribunal ha subrayado que, para que la notificación sea válida, es necesario que el destinatario pertenezca a la categoría de sujetos para los cuales existe el presupuesto de imposición en Italia. Esto significa que la norma no es aplicable a sociedades de derecho extranjero, como en el caso de la sociedad luxemburguesa involucrada en el litigio.
Notificación de aviso de liquidación en el extranjero - Art. 60, apartado 4, d.P.R. n.º 600 de 1973 - Ámbito de aplicación - Ciudadanos italianos residentes en el extranjero o sociedades italianas con sede en el extranjero - Fundamento - Supuesto de hecho. En materia de avisos de liquidación, el sistema de notificación, previsto en el art. 60, apartado 4, del d.P.R. n.º 600 de 1973, solo puede utilizarse cuando el destinatario sea un ciudadano italiano o una sociedad de derecho italiano, residente o con sede en el extranjero, ya que la letra de la norma presupone que se trata de sujetos para los cuales existe el presupuesto de imposición en Italia. (En el caso concreto, la S.C. confirmó la decisión impugnada, que había considerado inexistente la notificación efectuada ex art. 60, apartado 4, del d.P.R. n.º 600 de 1973, en lugar de conforme al art. 142 c.p.c., a una sociedad de derecho luxemburgués con sede en Luxemburgo).
Esta sentencia tiene importantes implicaciones para los contribuyentes italianos y para quienes operan a nivel internacional. De hecho, pone de manifiesto la importancia de respetar los procedimientos de notificación según la ley italiana, evitando confusiones para las sociedades no italianas que operan en el extranjero. Es fundamental que las administraciones fiscales sigan las disposiciones normativas y no se sirvan de instrumentos no aplicables a sujetos no italianos.
En resumen, la sentencia n.º 22271 de 2024 representa una importante referencia para la correcta aplicación de las normas de notificación en materia tributaria. Las administraciones fiscales deben prestar especial atención a quién se notifica, asegurándose de que los procedimientos se sigan correctamente y de que no se produzcan errores que puedan comprometer la validez de los avisos de liquidación. Es fundamental que ciudadanos y empresas sean conscientes de estos aspectos para proteger sus derechos.