La sentencia n.º 32412 del 20 de junio de 2024 del Tribunal de Casación se sitúa en el centro de un debate crucial sobre los derechos de los reclusos, en particular sobre el respeto de la prohibición de tratos inhumanos o degradantes. Este principio, consagrado en el artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH), se pone en tela de juicio en el contexto de la determinación del espacio individual mínimo que debe garantizarse a los reclusos, fijado en tres metros cuadrados.
El caso se refiere al acusado I. P., quien solicitó una indemnización por las condiciones de detención que no respetaban los parámetros establecidos por la ley. El Tribunal tuvo que determinar si, a efectos del cálculo del espacio mínimo, debía tenerse en cuenta también el espacio ocupado por las camas individuales. La decisión del juez condujo a una definición clara: el espacio ocupado por la cama no debe computarse.
Remedio indemnizatorio de conformidad con el art. 35-ter ord. pen. - Prohibición de tratos inhumanos o degradantes - Determinación del espacio individual mínimo intramuros - Espacio ocupado por camas individuales - Computabilidad - Exclusión - Razones. En materia de remedios indemnizatorios ex art. 35-ter ord. pen. contra reclusos o internados, a efectos de la determinación del espacio individual mínimo de tres metros cuadrados que debe asegurarse para que el Estado no incurra en la violación de la prohibición de tratos inhumanos o degradantes establecida por el art. 3 del Convenio EDU, tal como lo interpreta la jurisprudencia del Tribunal EDU, no debe computarse el espacio ocupado por la cama individual del sujeto recluido, en cuanto mobiliario tendencialmente fijo al suelo, no susceptible, por su volumen o peso, de fácil desplazamiento de un punto a otro de la celda y tal que comprometa el movimiento ágil del mismo en su interior.
Esta sentencia tiene importantes repercusiones no solo para el caso específico, sino para todo el sistema penitenciario italiano. El Tribunal de Casación, al confirmar la jurisprudencia del Tribunal EDU, subraya que el respeto de los derechos humanos debe prevalecer incluso en contextos de detención, donde es fundamental garantizar condiciones dignas. La decisión de excluir la cama del cómputo del espacio disponible para el recluso es significativa: implica que los muebles fijos, que no pueden ser desplazados, no deben reducir el ya escaso espacio vital a disposición del recluso.
En resumen, la sentencia n.º 32412 de 2024 representa un paso importante en la protección de los derechos de los reclusos en Italia. No solo aclara las modalidades de cálculo del espacio mínimo, sino que reafirma el compromiso del sistema jurídico en garantizar condiciones de detención que respeten la dignidad humana. Es fundamental que todas las instituciones implicadas sean conscientes de las implicaciones de esta sentencia y trabajen para garantizar que cada recluso pueda disfrutar de espacios adecuados y dignos dentro de las estructuras penitenciarias.