La sentencia n.º 17327, de 20 de enero de 2023, depositada el 26 de abril de 2023, dictada por la Corte de Casación, ofrece una importante reflexión sobre el derecho de los imputados extranjeros a ser asistidos por un intérprete durante el proceso. Este derecho no es automático, sino que se basa en condiciones específicas, como se aclara en el artículo 143 del Código de Procedimiento Penal.
Según la Corte, el imputado extranjero tiene derecho a ser asistido por un intérprete solo si demuestra o declara no conocer el idioma italiano. Este principio es fundamental para garantizar un juicio justo, ya que la imposibilidad de expresarse o comprender el idioma del procedimiento puede comprometer la defensa y el derecho a la tutela legal. La sentencia especifica que no existe una obligación indiscriminada de ofrecer esta asistencia, dejando así al imputado la libertad de solicitar, o no, la intervención de un intérprete.
Imputado extranjero - Derecho a ser asistido por un intérprete - Condiciones - Supuesto de hecho. El derecho del imputado extranjero a ser asistido por un intérprete existe a condición de que demuestre o, al menos, declare no saber expresarse en idioma italiano o no comprenderlo, dado que el art. 143 del Código de Procedimiento Penal no prevé la obligación indiscriminada del nombramiento de un intérprete al extranjero en cuanto tal, sino que deja a este la libertad de decidir si solicitar, o no, dicha asistencia, atribuyendo a la Autoridad judicial el poder-deber de evaluar su necesidad. (En aplicación del principio, la Corte consideró que, ante las reiteradas solicitudes de un intérprete, el nombramiento del defensor de confianza por parte del imputado extranjero, presente en Italia sin domicilio fijo, no constituía un elemento sintomático del que deducir el conocimiento del idioma italiano).
Esta sentencia tiene diversas implicaciones significativas. En primer lugar, establece un precedente importante para casos futuros, aclarando que el derecho a la asistencia de un intérprete no puede considerarse un automatismo, sino que debe evaluarse caso por caso. Además, la Corte subraya la importancia de garantizar que los imputados extranjeros puedan ejercer su derecho a la defensa de manera efectiva, evitando que las barreras lingüísticas comprometan su acceso a la justicia.
En conclusión, la sentencia n.º 17327 de 2023 representa un paso adelante en la tutela de los derechos de los imputados extranjeros, destacando la necesidad de una evaluación cuidadosa y personalizada del derecho a la asistencia de un intérprete. Es fundamental que los actores del sistema jurídico sean conscientes de estas disposiciones, para garantizar un proceso equitativo y justo para todos.