La sentencia n.º 36402 del 3 de abril de 2023 del Tribunal de Casación representa una importante intervención en materia de homicidio preterintencional, planteando cuestiones fundamentales sobre la culpabilidad y la previsibilidad de los eventos derivados de actos violentos. En esta decisión, el Tribunal desestimó la excepción de inconstitucionalidad relativa al artículo 584 del Código Penal, aclarando los límites del elemento subjetivo en los delitos de homicidio causados por golpes o lesiones.
El caso tratado por el Tribunal se refería al acusado C. U., acusado de homicidio preterintencional a raíz de una agresión. El Tribunal de Apelación de Turín había planteado inicialmente dudas sobre la irrazonabilidad de atribuir el evento letal a la acción del acusado, lo que llevó a cuestiones interpretativas sobre el principio de culpabilidad. Sin embargo, el Tribunal de Casación estableció que la interpretación del art. 584 c.p. es coherente con el principio de previsibilidad, esencial para la configuración del delito.
Muerte a consecuencia de golpes o lesiones - Alegada irrazonabilidad de la atribución del evento - Violación del principio de culpabilidad - Cuestión de legitimidad constitucional - Manifiestamente infundada. En materia de homicidio preterintencional, es manifiestamente infundada la excepción de inconstitucionalidad, planteada en referencia al art. 27, primer y tercer párrafo, Const., del art. 584 Código Penal en la interpretación que aprecia el elemento subjetivo del delito en el dolo unitario de golpes o lesiones, en cuanto la valoración relativa a la previsibilidad del evento del que depende la existencia del delito está ínsita en la propia norma que lo prevé, la cual considera absolutamente probable que de una acción violenta contra una persona pueda derivar la muerte de la misma.
Esta máxima pone de relieve la importancia de la previsibilidad en el contexto del homicidio preterintencional. El Tribunal subrayó que el elemento subjetivo del delito no puede desvincularse de la consideración de las consecuencias de la acción violenta. Por lo tanto, es fundamental que el juez evalúe no solo el acto en sí, sino también su potencial letalidad.
La sentencia n.º 36402 ofrece importantes reflexiones para los operadores jurídicos y los ciudadanos. Reafirma la necesidad de una clara interpretación de las normas penales, en particular en lo que respecta a la responsabilidad penal por actos violentos. En un contexto social en el que la violencia está, lamentablemente, presente, es crucial que la ley responda de manera adecuada a las dinámicas del comportamiento humano, garantizando al mismo tiempo los derechos fundamentales del sujeto acusado.
En conclusión, el Tribunal de Casación ha confirmado la validez de las normas existentes, sosteniendo que la previsión de eventos letales como consecuencia de actos violentos es una consideración fundamental en el derecho penal. Este enfoque no solo protege a las víctimas de violencia, sino que también aclara los límites de la responsabilidad penal en situaciones complejas.