La sentencia n.º 36407 del 12 de abril de 2023 de la Corte de Casación aborda un tema crucial en el panorama del derecho penal: la distinción entre el ejercicio legítimo del derecho a la información y las conductas penalmente relevantes llevadas a cabo para obtener noticias. La Corte ha confirmado la condena de un entrevistador y un camarógrafo por violencia privada, subrayando que la eximente del derecho a la información no se aplica a los delitos cometidos para procurarse la noticia.
En el caso examinado, los imputados habían obstaculizado el acceso de la persona ofendida a su propia vivienda, impidiendo incluso el cierre de las puertas del ascensor, para obtener información relativa a un procedimiento penal. La Corte consideró que tales comportamientos no solo violaban el derecho a la privacidad, sino que también constituían un delito de violencia privada. Este es un claro ejemplo de cómo la ansiedad por obtener primicias periodísticas puede sobrepasar los límites de la legalidad.
Derecho a la información - Delitos cometidos con el fin de procurarse la noticia - Relevancia - Exclusión - Supuesto de hecho. La eximente del ejercicio del derecho a la información solo es relevante en relación con los delitos cometidos con la publicación de la noticia y no también respecto a posibles delitos cometidos con el fin de procurarse la noticia misma.
Esta sentencia tiene importantes implicaciones para periodistas y operadores de la información. Es fundamental que comprendan que el derecho a la información es un derecho fundamental, pero no es ilimitado. Estar informado implica también respetar la dignidad de las personas involucradas en las noticias. Los profesionales deben:
En conclusión, la sentencia n.º 36407 de 2023 representa un importante punto de referencia para el equilibrio entre el derecho a la información y el respeto a la privacidad. Los profesionales de la información deben ser cada vez más cuidadosos de no sobrepasar los límites de la ley en el intento de obtener noticias, ya que esto no solo puede acarrear consecuencias penales, sino también dañar irreparablemente la dignidad de las personas involucradas.