El principio de legalidad es fundamental. Pero, ¿qué sucede si la interpretación judicial de una norma penal cambia, haciendo que una conducta antes lícita sea ahora punible? Este "overruling in malam partem" ha sido abordado por la Casación en la Sentencia n.º 30516 del 12 de junio de 2025. La resolución aclara los límites para la exclusión de la culpabilidad, con foco en los delitos informáticos.
La Suprema Corte (Presidente R. Pezzullo, Ponente M. Brancaccio) ha establecido que un cambio jurisprudencial desfavorable puede excluir la culpabilidad. Las condiciones:
Esto protege al ciudadano de la imprevisibilidad (art. 25 Constitución, art. 7 CEDH).
La sentencia n.º 30516/2025 ofrece esta importante máxima:
Constituye causa de exclusión de la culpabilidad el cambio de jurisprudencia "in malam partem", en el caso en que el imputado, al momento del hecho, podía confiar en una regla jurisprudencial consolidada, aún más si ha sido enunciada por las Secciones Unidas, que excluía la relevancia penal de la conducta y no existían indicios, concretos y específicos, tales como para inducir a prever que, en el futuro, la jurisprudencia de legitimidad atribuiría relevancia a esa conducta, revisando el precedente criterio en sentido desfavorable. (Supuesto de hecho en materia de acceso abusivo a un sistema informático en el que la Corte ha excluido la existencia de un "overruling in malam partem" en relación con un hecho cometido por sujeto habilitado al acceso posteriormente a Sez. U, Casani, -según la cual no son relevantes los fines si el acceso es efectuado por sujeto habilitado- perfilándose, ya en aquel momento, decisiones que, si bien se alineaban al principio de derecho afirmado por tal resolución, consideraban censurables, como posteriormente considerado por Sez. U, Savarese, incluso los accesos autorizados que superaban, en un plano objetivo, las reglas y los límites establecidos para el acceso mismo).
En el caso del imputado P., acusado de "acceso abusivo a un sistema informático" (art. 615-ter Código Penal), la Corte ha excluido la operatividad del overruling. Si bien la interpretación "Casani" (2012) limitaba la punibilidad para accesos de sujetos habilitados, al momento del hecho de P. ya emergían "indicios" de una interpretación más rigurosa. Resoluciones posteriores comenzaban a considerar penalmente relevantes incluso los accesos autorizados que excedían objetivamente los límites, anticipando el criterio luego consolidado por "Savarese" (2017). La confianza de P. no era, por tanto, incondicional.
La sentencia n.º 30516/2025 es una advertencia: protege la certeza del derecho, pero evidencia que la evolución interpretativa no puede ser ignorada ante claros indicios de cambio. Para ciudadanos y profesionales, esto implica una cuidadosa evaluación del "derecho vivo" y de sus potenciales evoluciones, especialmente en ámbitos dinámicos como el derecho penal informático. La previsibilidad de la jurisprudencia sigue siendo un valor irrenunciable.