La sentencia n. 29723 del 22 de mayo de 2024, emitida por la Corte de Casación, aborda una cuestión de particular relevancia en el derecho penal italiano: la prohibición de prevalencia de las atenuantes genéricas respecto a la reincidencia reiterada. Esta sentencia ofrece puntos de reflexión no solo sobre la normativa vigente, sino también sobre las implicaciones constitucionales que de ella se derivan.
El caso en cuestión se refiere al artículo 69, párrafo cuarto, del código penal, el cual establece que las atenuantes genéricas no pueden prevalecer sobre la reincidencia reiterada de la que trata el artículo 99, párrafo cuarto, del mismo código. La Corte ha declarado manifiestamente infundada la cuestión de legitimidad constitucional planteada en relación con esta disposición, considerando que no contraviene los artículos 3, 25 y 27 de la Constitución italiana.
Art. 69, párrafo cuarto, cod. pen. - Prohibición de prevalencia de las atenuantes genéricas sobre la reincidencia reiterada - Cuestión de legitimidad constitucional por violación de los arts. 3, 25 y 27 Cost. - Manifiesta infundatez - Razones. Es manifiestamente infundada la cuestión de legitimidad constitucional del art. 69, párrafo cuarto, cod. pen. por contraste con los arts. 3, 25 y 27 Cost., en la parte en que prevé la prohibición de prevalencia de las atenuantes genéricas sobre la reincidencia reiterada de la que trata el art. 99, párrafo cuarto, cod. pen., tratándose de una disposición derogatoria de la ordinaria disciplina del balance, que no excede la manifiesta irrazonabilidad o el arbitrio, en cuanto referida a una atenuante común que, como tal, no tiene la función de corregir la desproporción del tratamiento sancionador, sino de valorar, en medida contenida, el componente subjetivo del delito cualificado por la plurima recaída del reo en conductas transgresoras de preceptos penalmente sancionados.
Esta máxima aclara cómo el legislador ha pretendido tutelar a la sociedad frente a aquellos que, en virtud de una reincidencia reiterada, demuestran una propensión a delinquir. A pesar de que las atenuantes genéricas puedan en algunos casos reducir la pena, en presencia de reincidencia, su peso se limita para no anular el efecto disuasorio de la pena misma.
La decisión de la Corte Constitucional se inserta en un debate más amplio sobre la función de las atenuantes y su aplicación en casos de reincidencia. La elección de no permitir la prevalencia de las atenuantes genéricas sobre la reincidencia reiterada refleja una voluntad de garantizar un equilibrio entre el respeto de los derechos del reo y la necesidad de tutelar a la sociedad.
En conclusión, la sentencia n. 29723 de 2024 reitera la importancia de un sistema penal que, si bien respeta los derechos del individuo, debe también proteger a la colectividad de comportamientos delictivos repetidos. La tutela de la seguridad pública debe seguir siendo una prioridad, especialmente en contextos en los que se evidencian reincidencias múltiples. Por lo tanto, la decisión de la Corte no solo responde a una exigencia normativa, sino que representa también una señal clara respecto a la posición del derecho penal frente a la reincidencia.
La sentencia n. 29723 de 2024 ofrece una lectura importante y actual de la relación entre atenuantes genéricas y reincidencia, reiterando la necesidad de un enfoque equilibrado en la valoración de las responsabilidades penales. Es fundamental que el sistema jurídico continúe reflexionando sobre cómo las normas pueden aplicarse para garantizar justicia y seguridad, sin perjudicar los derechos fundamentales de los individuos.