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Responsabilidad de la Región por daños causados por fauna silvestre: análisis de la Cassación n. 18817 de 2024. | Bufete de Abogados Bianucci

Responsabilidad de la Comunidad Autónoma por daños de fauna silvestre: análisis de la Casación n. 18817 de 2024

La reciente ordenanza de la Corte de Casación, n. 18817 del 9 de julio de 2024, ofrece importantes puntos de reflexión sobre la responsabilidad de las administraciones públicas por daños causados por fauna silvestre. El caso en cuestión enfrentó a la Comunidad Autónoma de Marcas y a la Provincia de Pesaro y Urbino, ambas consideradas responsables por el daño sufrido por una ciudadana a raíz de una colisión con un corzo. La Corte confirmó la responsabilidad de la Comunidad Autónoma, aclarando la cuestión de la legitimación pasiva y la carga de la prueba en tales situaciones.

El contexto de la sentencia

La controversia surgió a raíz de un accidente de tráfico ocurrido en 2010, en el que un vehículo chocó contra un animal salvaje. La ciudadana A.A. solicitó la indemnización por daños y perjuicios, involucrando tanto a la Comunidad Autónoma como a la Provincia. En primera instancia, ambos entes fueron considerados responsables, pero la Corte de Apelación de Ancona posteriormente admitió el recurso de la Provincia, excluyendo a la Comunidad Autónoma de la responsabilidad. Sin embargo, la Casación revocó esta decisión, estableciendo que la responsabilidad por los daños de fauna silvestre recae exclusivamente en la Comunidad Autónoma.

Principios establecidos por la Corte

En su pronunciamiento, la Corte aclaró algunos puntos fundamentales:

  • La responsabilidad por daños causados por fauna silvestre se atribuye a la Comunidad Autónoma, en cuanto ente competente para la gestión y protección de la fauna.
  • La cuestión de la legitimación pasiva debe evaluarse según el art. 2043 del código civil, el cual requiere una prueba de culpa por parte del ente responsable.
  • La Corte destacó que no es necesaria una demostración de culpa en el caso de aplicación del art. 2052, que regula específicamente los daños causados por animales.
La responsabilidad de las Comunidades Autónomas por daños de fauna silvestre se fundamenta en su competencia normativa y en las funciones administrativas de protección y gestión de la fauna.

Conclusiones

La sentencia n. 18817 de 2024 representa una importante aclaración para la responsabilidad de las administraciones públicas en el contexto de los daños causados por fauna silvestre. Subraya la necesidad de una clara atribución de responsabilidad y de una eficaz coordinación entre los entes locales para prevenir tales eventos. Además, la decisión de la Casación contribuye a delimitar mejor los contornos de la carga de la prueba, reforzando la importancia de la transparencia y la responsabilidad en la gestión de los recursos faunísticos.

Bufete de Abogados Bianucci