La sentencia n.º 22009 del 5 de agosto de 2024, emitida por la Corte de Casación, representa un importante punto de referencia en materia de comprobación catastral y reconocimiento de la ruralidad de los edificios. Esta decisión, de hecho, aclara los requisitos necesarios para que un edificio pueda ser clasificado como rural, subrayando el efecto retroactivo de dicho reconocimiento.
El reconocimiento de la ruralidad está regulado por el art. 2, apartado 5-ter, del Decreto Ley n.º 102 de 2013, convertido en Ley n.º 124 de 2013. Dicha norma establece que los efectos retroactivos del reconocimiento de la ruralidad presuponen la inclusión de una anotación específica en los actos, en lugar de una simple modificación de la clasificación catastral. En este contexto, la Corte de Casación, con la sentencia en cuestión, ha superado las previsiones normativas originales que vinculaban el efecto retroactivo exclusivamente a la clasificación catastral.
(CATASTRO) - EN GENERAL Clasificación de edificios - Reconocimiento de la ruralidad - Efectos retroactivos ex art. 2, apartado 5-ter, del d.l. n.º 102 de 2013 - Presupuestos - Consecuencias. En materia de edificios rurales, los efectos retroactivos del reconocimiento de la ruralidad, previstos por el art. 2, apartado 5-ter, del d.l. n.º 102 de 2013, conv. por la l. n.º 124 de 2013, presuponen, como único dato relevante, la inclusión de una anotación específica en los actos, quedando superadas las previsiones normativas originales, que en cambio correlacionaban dicho efecto a una modificación de la clasificación catastral.
Las consecuencias de esta sentencia son significativas para todos los propietarios de inmuebles agrícolas. Si un edificio es reconocido como rural, goza de una serie de ventajas fiscales y normativas. Por lo tanto, es fundamental que los propietarios se aseguren de que la anotación se realice correctamente en los registros catastrales. A continuación, se presentan algunos puntos clave a considerar:
En conclusión, la sentencia n.º 22009 de 2024 ofrece una nueva perspectiva sobre el reconocimiento de la ruralidad, destacando la importancia de la anotación en los registros catastrales. Esta decisión no solo refuerza los derechos de los propietarios de inmuebles rurales, sino que también representa una orientación jurisprudencial fundamental para futuras controversias en la materia. Es deseable que los profesionales del sector, así como los propietarios, presten atención a estas disposiciones para evitar problemas futuros.