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Comentario a la Ordenanza n. 22837 del 14/08/2024: responsabilidad en caso de embriaguez al volante | Bufete de Abogados Bianucci

Comentario a la Ordenanza n.º 22837 de 14/08/2024: responsabilidad en caso de conducción bajo los efectos del alcohol

El tema de la responsabilidad civil en caso de accidentes de tráfico es siempre actual y de gran relevancia. La Ordenanza n.º 22837 de 14 de agosto de 2024, emitida por la Corte de Casación, ofrece importantes aclaraciones sobre la presunción de responsabilidad compartida en caso de colisión entre vehículos y, en particular, sobre el papel que juega el estado de ebriedad en la determinación de la responsabilidad del conductor. Examinemos los puntos destacados de esta sentencia, aclarando el significado de las disposiciones y su impacto práctico.

El contexto normativo

Según el artículo 2054, apartado 2, del Código Civil, en caso de colisión entre vehículos, se presume que los conductores implicados son responsables en igual medida. Sin embargo, la Ordenanza en cuestión establece que esta presunción puede superarse si se prueba que el estado de ebriedad del conductor perjudicado no influyó en la dinámica del accidente. Este principio es fundamental para garantizar una evaluación equitativa de los hechos y para evitar que quien se encuentra en un estado de alteración pueda gozar de una protección injustificada.

La máxima de la sentencia

CAUSALIDAD (NEXO DE) Colisión entre vehículos - Estado de ebriedad del perjudicado - Superación de la presunción de responsabilidad compartida ex art. 2054, apartado 2, c.c. - Condiciones. En caso de colisión entre vehículos, cuando se acredite el estado de ebriedad del conductor que reclama el resarcimiento del daño derivado del siniestro, la presunción de igual responsabilidad ex art. 2054, apartado 2, c.c. solo podrá superarse a condición de que se pruebe de forma positiva la falta de influencia del citado estado en la dinámica del accidente.

Esta máxima pone de relieve la importancia de la prueba en el contexto de la responsabilidad civil. Los conductores implicados en un accidente deben demostrar que su conducta, y no su estado de ebriedad, fue la causa principal del accidente. Esto requiere un análisis en profundidad de los hechos y de las circunstancias específicas de cada caso.

Implicaciones prácticas de la sentencia

Las implicaciones de esta ordenanza son múltiples:

  • Refuerza la importancia de la prueba para quien reclama el resarcimiento.
  • Aclara que el estado de ebriedad no es automáticamente un factor exculpatorio.
  • Promueve una mayor responsabilidad entre los conductores en cuanto al uso de alcohol o sustancias embriagantes antes de ponerse al volante.

En un contexto más amplio, esta sentencia se inserta en un debate jurídico y social sobre el comportamiento al volante y la importancia de la seguridad vial. La Corte, al aclarar las condiciones para superar la presunción de responsabilidad compartida, contribuye a perfilar un marco normativo más riguroso que puede influir en las decisiones futuras tanto en sede legal como en la percepción pública de la conducción bajo los efectos del alcohol.

Conclusiones

En conclusión, la Ordenanza n.º 22837 de 2024 representa un paso significativo hacia una mayor claridad en la evaluación de la responsabilidad civil en caso de accidentes de tráfico. El énfasis en la necesidad de probar la ausencia de influencia del estado de ebriedad en la dinámica del accidente es fundamental para garantizar la equidad y la justicia en los procedimientos legales. Los abogados y profesionales del sector deben prestar especial atención a estas indicaciones para ofrecer una asesoría adecuada a sus clientes implicados en accidentes de tráfico.

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