La sentencia n.º 33535 del 17 de mayo de 2023, dictada por la Corte de Casación, ofrece una importante reflexión sobre los delitos de estafa y de uso indebido de tarjetas de crédito, aclarando las condiciones para la existencia del concurso de delitos. La decisión aborda un tema de gran actualidad, considerando el aumento de los fraudes informáticos y financieros que implican el uso no autorizado de instrumentos de pago.
El caso en cuestión tuvo como imputado a F. C., quien fue acusado de haber realizado operaciones fraudulentas utilizando tarjetas de crédito ajenas. La Corte reiteró que, para que pueda configurarse el concurso de delitos, es necesario que las conductas sean autónomas y distintas, orientadas a obtener un beneficio ilícito a través de artificios adicionales al ilícito inicial.
Concurso con el delito de uso indebido de instrumentos de pago distintos al efectivo - Existencia - Condiciones. Existe el concurso del delito de uso indebido de tarjetas de crédito con el de estafa en el caso de conductas autónomas y distintas, tendentes a percibir, a través de artificios y engaños adicionales, el beneficio ilícito obtenido como consecuencia de la comisión del primer delito.
Esta máxima evidencia la importancia de identificar las conductas específicas que pueden configurar el concurso de delitos. No basta, por tanto, el uso indebido de instrumentos de pago, sino que es necesario que existan también conductas fraudulentas adicionales para integrar el delito de estafa.
La Corte recordó el artículo 640 del Código Penal, relativo al delito de estafa, y el artículo 493 ter, que regula el uso indebido de instrumentos de pago. Es importante subrayar que la jurisprudencia, como se evidencia en la sentencia, requiere una clara distinción entre ambos delitos. Para el reconocimiento del concurso, las conductas deben ser no solo autónomas, sino también orientadas a explotar el beneficio ilícito derivado de la primera acción.
La sentencia n.º 33535 de 2023 representa un paso significativo en la lucha contra los fraudes financieros, aclarando las condiciones necesarias para el concurso de delitos. La distinción entre el uso indebido de instrumentos de pago y la estafa es fundamental para la correcta aplicación de la ley y para garantizar una justicia adecuada. Es esencial que los profesionales del derecho y los ciudadanos comprendan estas dinámicas, con el fin de protegerse y prevenir comportamientos fraudulentos cada vez más extendidos en el panorama actual.