Tribunal Supremo, Auto n. 16826 de 2025: Legitimación Pasiva y 'Cogestión' en Controversias Médico-Universitarias

El Auto del Tribunal Supremo n. 16826 de fecha 23 de junio de 2025, emitido por la Sala de lo Social y con ponente el Dr. R. B., aporta una aclaración fundamental en materia de legitimación pasiva en las controversias laborales. La resolución se centra en la peculiar posición de los directivos médicos que operan dentro de las empresas hospitalarias universitarias, un ámbito donde la 'doble pertenencia' a estructuras sanitarias y académicas genera a menudo complejidades legales. Esta contribución jurisprudencial es crucial para la protección de los profesionales y para las instituciones implicadas.

El Principio de la 'Cogestión' y la Responsabilidad Solidaria

El Tribunal Supremo, al resolver la controversia entre A. G. y F. A. (que había visto el rechazo de la apelación por la Audiencia Provincial de Nápoles el 13 de febrero de 2020), ha reiterado un principio fundamental, basándose en la consolidada jurisprudencia (como la Sala de lo Civil N. 8521 de 2012) y en la normativa vigente (D.Lgs. 502/1992 y D.Lgs. 517/1999). El punto central es la configuración de una auténtica 'cogestión' entre la empresa universitaria y la universidad misma. He aquí la máxima completa:

En las controversias promovidas por los empleados de las universidades, en servicio como directivos médicos de las empresas hospitalarias universitarias, subsiste la legitimación pasiva solidaria y concurrente de la empresa universitaria y de la universidad, dado que las relaciones entre ambos sujetos, tal como se desprenden de la normativa que regula su respectiva actividad, configuran una auténtica "cogestión", que fundamenta la legitimación procesal de ambos en el plano de las obligaciones pasivas en el ámbito de la relación laboral.
Esta afirmación es de capital importancia. Significa que, en caso de controversia laboral, el directivo médico puede demandar tanto a la empresa hospitalaria universitaria como a la universidad. La razón de esta legitimación pasiva 'solidaria y concurrente' reside en la profunda interconexión e integración de las actividades desempeñadas por ambos entes. Las normativas de referencia diseñan un marco de sinergia tal que justifica una responsabilidad compartida, garantizando al trabajador una mayor protección y simplificando la acción legal.

Implicaciones Prácticas y Ventajas para el Trabajador

Las consecuencias de esta interpretación son significativas para todos los actores implicados. Para los directivos médicos, la posibilidad de actuar contra ambos entes reduce notablemente los riesgos de errores procesales y ofrece mayor certeza jurídica. Ya no será necesario identificar con precisión al único sujeto responsable, evitando dilaciones procesales o la necesidad de integraciones del contradictorio. Esta perspectiva reconoce la compleja realidad organizativa de las empresas hospitalarias universitarias, donde las actividades clínicas, docentes y de investigación están intrínsecamente ligadas. La 'cogestión' no es solo un hecho organizativo, sino un principio que se traduce en obligaciones y responsabilidades compartidas, fortaleciendo la posición del trabajador.

  • Mayor Certeza: Los trabajadores pueden contar con una legitimación pasiva ampliada.
  • Eficiencia Procesal: Se evitan procedimientos separados o integraciones del contradictorio.
  • Protección Reforzada: El principio refleja la realidad operativa y garantiza la plena efectividad de los derechos.

Conclusiones

El Auto n. 16826 de 2025 del Tribunal Supremo representa un paso adelante significativo para la protección de los directivos médicos que operan en las empresas hospitalarias universitarias. Al aclarar el principio de la legitimación pasiva solidaria y concurrente, el Tribunal Supremo ha proporcionado una herramienta valiosa para la resolución de controversias laborales en un sector delicado. Esta resolución no solo simplifica la acción legal para los trabajadores, sino que consolida una interpretación de la relación entre universidad y empresa que refleja su efectiva integración y responsabilidad compartida, garantizando la plena efectividad de los derechos.

Bufete de Abogados Bianucci