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Comentario a la Sentencia n. 14840 de 2022: Responsabilidad de los Entes y Suspensión del Juicio a Prueba. | Bufete de Abogados Bianucci

Comentario a la Sentencia n. 14840 de 2022: Responsabilidad de las Entidades y Suspensión del Procedimiento a Prueba

La sentencia n. 14840 del 27 de octubre de 2022, depositada el 6 de abril de 2023, representa una importante resolución del Tribunal de Casación en materia de la disciplina de la responsabilidad de las entidades prevista por el Decreto Legislativo n. 231 de 2001. En esta decisión, el Tribunal ha establecido la imposibilidad de aplicar el instituto de la suspensión del procedimiento a prueba, previsto por el art. 168-bis del Código Penal, a las entidades jurídicas, subrayando la especificidad de la responsabilidad administrativa respecto a la penal para las personas físicas.

La sentencia y el contexto normativo

En la motivación de la sentencia, el Tribunal ha aclarado que la suspensión del procedimiento a prueba de los mayores de edad está concebida como un "tratamiento sancionador" penal, aplicable a individuos y a los delitos a ellos atribuibles. Esta concepción, según el Tribunal, no puede extenderse a las entidades, ya que su responsabilidad es reconducible a un "tertium genus", un tercer género de responsabilidad que no coincide con la de las personas físicas. Este principio está en línea con el artículo 25, apartado 2, de la Constitución Italiana, que establece el principio de legalidad en materia penal.

Disciplina de la responsabilidad de las entidades "ex lege" n. 231 de 2001 - Suspensión del procedimiento con puesta a prueba – Aplicabilidad – Exclusión. El instituto de la admisión a prueba de que trata el art. 168-bis del Código Penal no se aplica con referencia a la disciplina de la responsabilidad de las entidades de que trata el d.lgs. 8 de junio de 2001, n. 231. (En la motivación, el Tribunal afirmó que la suspensión del procedimiento a prueba de los mayores de edad tiene naturaleza de "tratamiento sancionador" penal, modulado sobre el imputado persona física y sobre los delitos a él abstractamente atribuibles, no extensible, por el principio de reserva de ley, a las entidades, cuya responsabilidad administrativa es reconducible a un "tertium genus").

Implicaciones de la decisión

Esta sentencia tiene diversas implicaciones significativas para el mundo jurídico y para las empresas. Entre las más relevantes podemos identificar:

  • Aclaración de la distinción entre responsabilidad penal y responsabilidad administrativa de las entidades.
  • Imposibilidad para las personas jurídicas de recurrir a la suspensión del procedimiento a prueba, limitando las opciones de defensa en caso de delitos administrativos.
  • Refuerzo de la necesidad de un cumplimiento normativo adecuado por parte de las empresas para evitar sanciones.

Esta decisión se sitúa en un contexto más amplio de evolución de la normativa sobre la responsabilidad de las entidades, que ha visto un creciente interés por parte de la jurisprudencia en distinguir las diferentes formas de responsabilidad y las relativas consecuencias sancionadoras.

Conclusiones

En conclusión, la sentencia n. 14840 de 2022 ofrece importantes reflexiones sobre el tema de la responsabilidad de las entidades y la aplicabilidad de la suspensión del procedimiento a prueba. Es fundamental que las empresas comprendan bien esta distinción, ya que la responsabilidad administrativa puede acarrear consecuencias significativas y comporta una obligación de cumplimiento riguroso. La jurisprudencia continuará desempeñando un papel crucial en la aclaración de estas cuestiones y en la definición de las directrices para la responsabilidad de las entidades en el futuro próximo.

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