Cannabinoides Sintéticos: La Casación y la Sentencia n.º 26489 de 2025 sobre el Art. 73 del D.P.R. n.º 309/1990

El panorama de las sustancias estupefacientes está en continua evolución, con nuevas moléculas sintéticas que desafían constantemente el sistema legal. La reciente sentencia n.º 26489 de la Corte de Casación, depositada el 21 de julio de 2025, aclara la calificación jurídica de los cannabinoides sintéticos y su reconducción al Texto Único sobre Estupefacientes (D.P.R. n.º 309/1990). Una decisión fundamental para comprender el enfoque de la justicia italiana ante estos nuevos desafíos.

JWH-398: El Principio de la Analogía Estructural

El caso, examinado por la Cuarta Sección Penal (Presidente S. D., Ponente U. B.), se refería al imputado A. D'A., involucrado en la ilícita cesión de cannabinoides sintéticos, en particular el JWH-398. La cuestión central era si una sustancia no explícitamente catalogada, pero con estructura química análoga a las prohibidas, podía configurar el delito previsto en el artículo 73 del D.P.R. n.º 309/1990, que castiga la tenencia y cesión ilícita de estupefacientes.

La Suprema Corte ha reafirmado un principio consolidado: una sustancia se considera estupefaciente incluso si su estructura química es análoga a la de sustancias ya catalogadas. El JWH-398 ha sido reconducido a las sustancias "análogas por estructura a los derivados del 3-(1naftoil)indol", ya presentes en la tabla I del D.P.R. n.º 309 de 1990. Esta interpretación ha sido reforzada por el D.M. de 14 de octubre de 2021, que introdujo formalmente en la tabla I el cl-2201 (JWH-398), confirmando explícitamente su clasificación.

Integra el delito previsto por el art. 73 del D.P.R. de 9 de octubre de 1990, n.º 309, la ilícita cesión a terceros de cannabinoides sintéticos, que contienen los principios activos identificados con la sigla JWH-398, derivado fluorinado del JWH018, en cuanto reconducibles a las sustancias "análogas por estructura a los derivados del 3-(1naftoil)indol", ya presentes en la tabla I, adjunta al D.P.R. n.º 309 de 1990, como se evidencia en las disposiciones normativas del d.m. de 14 de octubre de 2021, que introduce en la tabla el denominador específico cl-2201, de otro modo denominado JWH-398.

Esta máxima de la Casación establece claramente que la cesión de cannabinoides sintéticos como el JWH-398 constituye delito según el artículo 73 del D.P.R. 309/1990. La clave es la identificación de la sustancia a través de "estructura análoga" a las ya catalogadas. Esto impide a los traficantes eludir la ley con leves modificaciones químicas. El D.M. de 14 de octubre de 2021, aunque posterior, consolida esta interpretación, reforzando la certeza jurídica y la capacidad de actuación.

Relevancia e Impacto de la Decisión

La sentencia n.º 26489 de 2025 se alinea con precedentes importantes, como las Secciones Unidas n.º 29316 de 2015, que ya habían delineado el principio de la analogía estructural. Esta continuidad es fundamental para:

  • Certeza del Derecho: Aclara la punibilidad de las nuevas sustancias psicoactivas.
  • Lucha contra el Tráfico: Ofrece instrumentos eficaces contra el menudeo, cerrando las "zonas grises".
  • Protección de la Salud Pública: Subraya la peligrosidad intrínseca de las sustancias.

Conclusiones

La resolución de la Corte de Casación sobre la sentencia n.º 26489 de 2025 es un punto firme en la represión de las sustancias estupefacientes. Reafirma la aplicabilidad del artículo 73 del D.P.R. n.º 309/1990 a los cannabinoides sintéticos como el JWH-398, gracias al principio de la analogía estructural. Esta decisión demuestra la adaptabilidad del sistema judicial italiano a los nuevos desafíos del mercado de las drogas, garantizando la protección de la salud pública y la certeza del derecho.

Bufete de Abogados Bianucci