Lenocinio Agravado: La Casación 9231/2024 Aclara la Ausencia de Coerción Necesaria para la Explotación de Varias Personas

El panorama jurídico italiano está en continua evolución, especialmente cuando se trata de delitos que afectan la moralidad pública y las buenas costumbres. La reciente sentencia n.º 9231, depositada el 6 de marzo de 2025 por la Corte de Casación, presidida por el Dr. G. Sarno y con ponencia del Dr. A. Gentili, ofrece una importante clave de lectura sobre la aplicación de la circunstancia agravante en el delito de lenocinio, en particular cuando la conducta ilícita involucra a "varias personas". Esta resolución, que desestimó el recurso del imputado F. P.M. M. V. contra la sentencia de la Corte de Apelación de Nápoles, aclara un aspecto fundamental que merece un análisis detallado para abogados, operadores del derecho y, en general, para cualquiera interesado en las dinámicas de la justicia penal.

El marco normativo: el lenocinio y la circunstancia agravante especial

El delito de lenocinio, o favorecimiento y explotación de la prostitución, encuentra su disciplina principal en la Ley 20 de febrero de 1958, n.º 75, conocida como Ley Merlin, que abolió los prostíbulos y endureció las penas para quienes obtienen beneficios de la prostitución ajena. El objetivo primordial de esta ley es la protección de la dignidad humana y la moralidad pública, combatiendo la organización y explotación de la prostitución. Entre las diversas tipologías previstas, el artículo 4 enumera una serie de circunstancias agravantes. La sentencia en cuestión se centra específicamente en la agravante del art. 4, n.º 7, que se aplica cuando el hecho de lenocinio se comete "en perjuicio de varias personas". La cuestión central debatida ha sido si esta agravante requería necesariamente que la conducta ilícita se realizara mediante la compresión de la libertad de autodeterminación de los sujetos pasivos, es decir, si era necesario que las víctimas fueran obligadas o engañadas para prostituirse.

En materia de delitos contra la moralidad pública y las buenas costumbres, la circunstancia agravante especial del hecho de lenocinio cometido "en perjuicio de varias personas", del art. 4, n.º 7, ley 20 de febrero de 1958, n.º 75, no requiere que la conducta ilícita se realice mediante la compresión de la libertad de autodeterminación de los sujetos pasivos, siendo también aplicable en el caso en que estos últimos consientan el ejercicio de la prostitución. (Supuesto relativo a la publicidad, vía "internet", de anuncios relativos a actividad prostitutiva ejercida por terceros).

La máxima anteriormente expuesta resume de manera cristalina el principio afirmado por la Suprema Corte. Su significado es disruptivo: la agravante no depende de la coerción o el engaño hacia las personas que se prostituyen. Esto significa que incluso si los sujetos pasivos consienten libremente el ejercicio de la prostitución, la conducta de quien favorece o explota dicha actividad, involucrando a varias personas, integra de todos modos la agravante. La Casación, en línea con orientaciones previas (como la sentencia n.º 2918 de 2021), desplaza el foco de la voluntad individual de la prostituta/o a la conducta del agente que, organizando o beneficiándose de la actividad de varios individuos, incide en la moralidad pública y crea un sistema de explotación. El supuesto concreto, relativo a la publicidad vía internet de anuncios para actividad prostitutiva ejercida por terceros, evidencia la actualidad de esta interpretación en un contexto digital.

El giro interpretativo de la Casación: consentimiento y explotación

Esta interpretación de la Corte de Casación es crucial por varios motivos. En primer lugar, aclara que la protección de la Ley Merlin no se agota en la protección de la libertad individual de autodeterminación de las personas que se prostituyen, sino que se extiende a la defensa de la moralidad pública frente a fenómenos de explotación organizada. El hecho de que los sujetos pasivos consientan la actividad de prostitución no elimina el desvalor social y penal de la conducta de quien se beneficia de ella, especialmente cuando esto ocurre a gran escala, involucrando a "varias personas".

  • No es necesaria la coacción o el engaño directo hacia las personas que se prostituyen.
  • La agravante se configura por la implicación de varios individuos en la actividad de prostitución organizada o favorecida.
  • La conducta de intermediación, organización o explotación es relevante, independientemente de la voluntad del individuo.
  • La publicidad en línea de anuncios relativos a actividad prostitutiva ejercida por terceros entra plenamente en esta tipología.

Este enfoque refuerza la disuasión contra las redes de explotación, incluso aquellas que operan con modalidades menos evidentes, enmascarándose tras el presunto "consentimiento" de las víctimas. La agravante, en este sentido, golpea la dimensión objetiva y organizativa del fenómeno, en lugar de la mera lesión de la libertad individual. Es una advertencia clara para cualquiera que piense que puede eludir la ley explotando la prostitución ajena, especialmente a través de canales digitales que ofrecen nuevas oportunidades para tales conductas.

Conclusiones: una advertencia para los nuevos escenarios de explotación

La sentencia n.º 9231/2024 de la Casación se inserta en un recorrido jurisprudencial destinado a hacer más eficaz la represión del lenocinio, adaptando la interpretación normativa a los cambios sociales y tecnológicos. Con esta resolución, la Corte subraya que la agravante para los hechos de lenocinio cometidos "en perjuicio de varias personas" se configura independientemente de una compresión de la libertad de autodeterminación de los sujetos pasivos. Esto significa que la ley protege la moralidad pública y combate la explotación incluso cuando las personas involucradas consienten la prostitución, poniendo el acento en la conducta del favorecedor o explotador que organiza o se beneficia de un sistema que involucra a varios individuos. Es un paso importante para combatir las nuevas formas de explotación, a menudo vehiculadas a través de la web, y para reiterar la firme voluntad de nuestro ordenamiento de proteger la dignidad humana y los valores de la colectividad.

Bufete de Abogados Bianucci