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La responsabilidad del Ayuntamiento por daños derivados de un mal mantenimiento: análisis de la sentencia Cass. civ., Sez. II, Ord. n. 8772 de 2021. | Bufete de Abogados Bianucci

La responsabilidad del Ayuntamiento por daños derivados de un mal mantenimiento: análisis de la sentencia Cass. civ., Sez. II, Ord. n. 8772 de 2021

La reciente ordenanza de la Corte de Casación, n. 8772 del 30 de marzo de 2021, ofrece un punto de partida particular para reflexionar sobre la responsabilidad de las entidades públicas en la gestión de obras públicas y su posible responsabilidad por daños causados por un mal mantenimiento. El caso involucró a T. A., propietaria de un inmueble, que sufrió un daño a causa del derrumbe de un muro de delimitación, atribuyendo la responsabilidad al Ayuntamiento de Civitella Roveto por la mala gestión de las aguas pluviales procedentes de una vía municipal.

El caso y la decisión de la Corte

La Corte de Apelación de L'Aquila había desestimado inicialmente la demanda de indemnización de T. basándose en el art. 913 del Código Civil italiano, que regula la responsabilidad en caso de desagüe de aguas. Sin embargo, la Corte de Casación admitió el recurso de T., subrayando que en el caso en cuestión no se trataba de una simple relación de vecindad entre fincas, sino de una responsabilidad directa de la entidad pública por la omisión de mantenimiento.

La responsabilidad de la entidad local no deriva de la condición de superioridad de la vía, sino del incumplimiento de la obligación general de mantenimiento de los bienes públicos.

La Casación aclaró que el art. 913 del Código Civil italiano no puede aplicarse en este contexto, ya que las obras públicas como las vías no están destinadas a producir ventajas agrarias específicas, sino que deben respetar el principio del neminem laedere, según el cual nadie debe causar daño a otros. Por lo tanto, la entidad local está obligada a garantizar que las aguas pluviales se gestionen de manera que no dañen las propiedades adyacentes.

Los principios jurídicos afirmados por la sentencia

La sentencia se basa en algunos principios jurídicos fundamentales que merecen ser subrayados:

  • El Ayuntamiento tiene la obligación de garantizar el mantenimiento de las obras públicas para prevenir daños a terceros.
  • En caso de daños derivados de obras públicas, se aplica el principio general de responsabilidad extracontractual, ex art. 2043 del Código Civil italiano.
  • La responsabilidad no puede limitarse a la aplicación de las normas relativas a las relaciones entre fincas, sino que debe considerar las normas específicas de diligencia y prudencia.

En esencia, la Corte estableció que, para la responsabilidad del Ayuntamiento, basta con demostrar la existencia del daño y su derivación causal del mal funcionamiento de la obra pública, sin necesidad de demostrar que se hayan realizado obras destinadas a modificar el estado de los lugares.

Conclusiones

La resolución de la Corte de Casación representa un importante paso adelante en la tutela de los derechos de los ciudadanos frente a las entidades públicas. Reafirma que las administraciones deben actuar con la debida diligencia y responsabilidad en la gestión de las obras públicas. Esta sentencia no solo ofrece claridad sobre la responsabilidad de las entidades locales, sino que también puede servir de precedente para futuros casos similares, en los que los ciudadanos reclamen justicia por daños sufridos a causa de negligencias en el mantenimiento de infraestructuras públicas.

Bufete de Abogados Bianucci