La sentencia n.º 24657 del 21 de abril de 2023, registrada el 8 de junio de 2023, de la Corte de Casación, se enmarca en un contexto jurídico particularmente delicado, el de la disciplina de emergencia adoptada para hacer frente a la pandemia de Covid-19. En este caso específico, la Corte declaró la nulidad absoluta de una audiencia penal tras la incomparecencia del defensor de confianza, quien no pudo asistir debido a la ausencia de una conexión telemática autorizada.
La decisión se fundamenta en el artículo 23, apartado 5, del decreto ley n.º 137 de 2020, que prevé la posibilidad de participación a distancia de los abogados, garantizando el derecho de defensa en un período en que las medidas sanitarias limitaban las aglomeraciones. La Corte subrayó que la falta de preparación de la conexión telemática vulneró el derecho de defensa del imputado, reconociendo su relevancia fundamental en el proceso penal.
Disciplina de emergencia para el control de la pandemia de Covid-19 - Falta de preparación de la conexión telemática autorizada para permitir la participación "a distancia" del defensor de confianza que la había solicitado ex art. 23, apartado 5, d.l. n.º 137 de 2020 - Vulneración del derecho de defensa - Existencia - Nulidad absoluta - Configurabilidad - Razones. En materia de disciplina de emergencia para el control de la pandemia de Covid-19, constituye causa de nulidad absoluta e insubsanable de la audiencia ex art. 179, apartado 1, cod. proc. pen., así como de nulidad derivada de la sentencia dictada en su consecuencia, la incomparecencia a la primera del defensor de confianza del imputado, debida a la omisión de preparación de la conexión telemática autorizada, al no haberse observado las modalidades de celebración idóneas para salvaguardar el contradictorio prescritas por el art. 23, apartado 5, d.l. 28 de octubre de 2020, n.º 137.
Esta sentencia tiene importantes repercusiones en el sistema jurídico italiano, poniendo de relieve las siguientes cuestiones:
En conclusión, la sentencia n.º 24657 de 2023 representa un importante paso en la protección de los derechos de los imputados y de sus defensores. Pone de manifiesto la importancia de garantizar que, incluso en contextos de emergencia, el derecho de defensa siga siendo un pilar fundamental del proceso penal. La Corte de Casación, con esta decisión, no solo ha protegido la figura del defensor, sino que también ha llamado la atención sobre la necesidad de un adecuado soporte tecnológico para las audiencias, a fin de evitar situaciones de injusticia y vulneración de derechos fundamentales.