La sentencia n.º 24260, de 28 de abril de 2023, depositada el 6 de junio de 2023, ofrece importantes reflexiones sobre los derechos de defensa y los procedimientos administrativos relacionados con las manifestaciones deportivas. En particular, la Corte abordó la cuestión de la convalidación de la providencia del Questore, destacando la relevancia de los plazos procesales y su influencia en el derecho de defensa de los interesados.
La providencia del Questore, en este caso, se enmarca en el contexto de las medidas de prevención relativas a las manifestaciones deportivas, según lo establecido por la ley 13 de diciembre de 1989, n.º 401. La Corte anuló con reenvío la anterior decisión del Juez de Instrucción, subrayando cómo la falta de indicación de la hora de depósito de la orden no implica necesariamente la caducidad de la medida, siempre que se pueda verificar que los plazos dilatorios se han respetado.
Perturbaciones en el desarrollo de manifestaciones deportivas - Providencia del Questore - Convalidación - Falta de indicación de la hora de depósito - Plazo dilatorio de 48 horas previsto a pena de nulidad - Posibilidad de verificar "ex actis" su respeto - Existencia. En materia de convalidación de la providencia del Questore ex art. 6, apartados 1 y 2, ley 13 de diciembre de 1989, n.º 401, la omisión de la indicación de la hora de depósito de la orden no comporta la caducidad de la medida, cuando sea posible deducir de los autos que el juez de instrucción ha respetado el plazo dilatorio de 48 horas desde la notificación de la providencia administrativa al interesado, prescrito, a pena de nulidad, para la tutela del efectivo ejercicio del derecho de defensa.
Esta máxima pone de manifiesto cómo el respeto de los procedimientos es crucial no solo para la validez de las medidas adoptadas, sino también para garantizar el derecho de defensa de los interesados. En particular, el plazo de 48 horas representa una salvaguardia fundamental para el ejercicio efectivo de los derechos, evitando que las decisiones se adopten de forma apresurada o arbitraria.
La sentencia n.º 24260 de 2023 representa una importante referencia para todos los operadores del derecho, en particular para aquellos que se ocupan de derecho penal y administrativo. Reafirma la importancia de los plazos procesales y de su correcta aplicación, subrayando cómo su violación puede comprometer el derecho de defensa. En una época en la que la protección de los derechos fundamentales está en el centro del debate jurídico, esta decisión se erige como un baluarte en tutela de las garantías individuales, invitando a una reflexión más amplia sobre cómo los procedimientos deben siempre respetar los principios de justicia y legalidad.