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Mandato de arresto europeo: comentario sobre la sentencia n. 261/22 de 2023. | Bufete de Abogados Bianucci

Orden de detención europea: comentario sobre la sentencia n.º 261/22 de 2023

La reciente sentencia n.º 51798, de 28 de diciembre de 2023, del Tribunal de Casación ofrece una importante interpretación sobre la orden de detención europea, en particular en relación con los derechos de la infancia. El Tribunal examinó el caso de la madre de un niño menor de tres años, estableciendo condiciones específicas para la denegación de la entrega.

El contexto jurídico

La orden de detención europea es un instrumento jurídico que permite la detención y extradición de una persona buscada en un Estado miembro de la Unión Europea. Sin embargo, la protección de los derechos fundamentales, en particular los de los menores, juega un papel crucial en estos procedimientos. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, con la sentencia C-261/22, estableció que la autoridad judicial de ejecución no puede denegar la entrega de la madre solo porque esta tenga un hijo conviviente menor de tres años. Dicha decisión se basa en la obligación de la parte solicitante de demostrar deficiencias específicas en el sistema jurídico del país solicitante.

261/22, la autoridad judicial de ejecución no puede denegar la entrega solo porque la persona solicitada sea madre de prole que convive con ella y sea menor de tres años, siendo carga de la parte alegar circunstancias específicas que revelen la existencia, en el Estado solicitante, de deficiencias estructurales y de sistema tales que expongan a un riesgo concreto la protección de los derechos de la infancia. (En la motivación, el Tribunal precisó que, solo en caso de que se adquieran elementos de evaluación basados en fuentes internacionales reconocidas y fiables, el Tribunal de apelación está obligado a solicitar al Estado emisor información supletoria).

Las implicaciones de la sentencia

Esta sentencia subraya un principio fundamental: la protección de los derechos de los menores no debe convertirse en un pretexto para evitar la aplicación de la ley. Es tarea de la parte solicitante proporcionar pruebas concretas de posibles riesgos para el menor en el país de origen. Este aspecto es particularmente relevante en un contexto de cooperación jurídica internacional, donde la confianza entre los Estados miembros es esencial.

  • La sentencia destaca la necesidad de una evaluación exhaustiva de las condiciones de vida en el país solicitante.
  • Aclara que la mera condición de maternidad no justifica automáticamente una denegación de la entrega.
  • En caso de dudas, la autoridad judicial debe solicitar información adicional al Estado emisor.

Conclusiones

En conclusión, la sentencia n.º 51798, de 28 de diciembre de 2023, representa un paso significativo hacia una mayor protección de los derechos de los menores también en el ámbito de la orden de detención europea. Establece claramente que la protección de los derechos de la infancia no debe comprometer la justicia y la aplicación de las leyes. Las autoridades judiciales deben actuar con responsabilidad y concreción, equilibrando las exigencias de justicia y la protección de los sujetos más vulnerables.

Bufete de Abogados Bianucci