La reciente Sentencia n.º 17312, de 15 de febrero de 2024, depositada el 24 de abril de 2024, ofrece una importante ocasión de reflexión sobre el tema de la incautación probatoria de datos contenidos en dispositivos informáticos o telemáticos. Dicha resolución, emitida por la Corte de Casación, establece requisitos fundamentales para la validez de una incautación, subrayando la importancia de la proporcionalidad y la obligación de motivación por parte del ministerio público.
Según el principio enunciado en la sentencia, el decreto de incautación debe aclarar de manera detallada las razones por las cuales se hace necesario un intervento tan incisivo. Es fundamental que el ministerio público exponga:
Estos requisitos no solo garantizan los derechos del imputado, sino que también permiten una evaluación más precisa de la necesidad de la medida cautelar.
La decisión de la Corte de Casación tiene consecuencias significativas para la práctica judicial. En particular, las autoridades judiciales deberán prestar mayor atención al redactar los decretos de incautación, evitando solicitudes genéricas que puedan violar el derecho a la privacidad de los individuos. La Corte ha remarcado que una incautación no motivada adecuadamente resulta no solo ineficaz sino también potencialmente ilegítima.
Incautación probatoria de datos contenidos en dispositivos informáticos o telemáticos - Proporcionalidad de la medida - Necesidad - Obligación de motivación - Contenido. En materia de incautación probatoria de datos contenidos en dispositivos informáticos o telemáticos, el decreto del ministerio público, al objeto de permitir una adecuada evaluación de la proporcionalidad de la medida tanto en la fase genética como en la ejecutiva, debe ilustrar las razones por las cuales es necesario disponer una incautación extensa y omnicomprensiva o, alternativamente, la información específica objeto de búsqueda, los criterios de selección del material informático archivado en el dispositivo, la justificación de la eventual delimitación temporal de los datos de interés en términos sensiblemente distintos respecto a los límites temporales de la imputación provisional y los plazos dentro de los cuales se efectuará dicha selección, con la consiguiente devolución también de la copia informática de los datos no relevantes.
La Sentencia n.º 17312 de 2024 representa un paso importante en la tutela de los derechos fundamentales de los individuos en una época en la que los datos digitales están cada vez más en el centro de las investigaciones penales. La obligación de motivación y la evaluación de la proporcionalidad de la incautación son principios que, si se aplican correctamente, pueden garantizar un justo equilibrio entre las necesidades investigativas y el respeto a la privacidad. Es esencial, por tanto, que los operadores del derecho se atengan a estas indicaciones para evitar abusos y garantizar un justo proceso.