La reciente Ordenanza n.º 10120, de 15 de abril de 2024, emitida por la Corte de Casación, ofrece una importante reflexión sobre los derechos de los trabajadores en caso de traspaso de un negocio o de una de sus ramas. La cuestión central se refiere al tratamiento contractual que debe reconocerse a los trabajadores traspasados, en particular en relación con las disposiciones del contrato de empresa vigente en la cedente. Esta sentencia representa un punto de referencia significativo para la jurisprudencia italiana y para las empresas que deben gestionar operaciones de traspaso.
En general, la sentencia establece que:
En general. En caso de traspaso de un negocio o de una de sus ramas, a los trabajadores traspasados se les debe reconocer el tratamiento previsto por el contrato de empresa o por el uso de empresa vigente en la cedente y que tenga la misma eficacia que la negociación colectiva integradora de empresa, siempre que en la cesionaria no se aplique, sin embargo, ninguna negociación de igual nivel.
Esta ordenanza aclara que los derechos de los trabajadores no deben verse comprometidos durante un traspaso empresarial. Es fundamental que los empleadores sean conscientes de sus responsabilidades y de las normas vigentes, tal como se describe expresamente en los artículos 2112 y 2077 del Código Civil. Estos artículos establecen la protección de los derechos de los trabajadores y la continuidad de las condiciones de trabajo incluso en caso de transferencia.
En conclusión, la Ordenanza n.º 10120 de 2024 representa una importante confirmación de las protecciones previstas para los trabajadores en situaciones de traspaso de negocio. Las empresas deben prestar atención a garantizar el respeto de los contratos de empresa y de las costumbres existentes para evitar litigios y asegurar un traspaso sereno y legítimo de los derechos de los trabajadores. Es esencial una correcta información y formación para los empleadores con el fin de evitar problemas legales y respetar la normativa vigente.