La reciente ordenanza de la Corte de Casación, n.º 22869 del 16 de agosto de 2024, ofrece puntos de reflexión significativos sobre la disciplina de los contratos de trabajo de duración determinada, en particular respecto a la necesidad de una causal justificativa específica. Este tema es de gran relevancia para empresas y trabajadores, ya que una correcta interpretación de las normas puede influir notablemente en la legitimidad de las contrataciones.
Según la normativa italiana, los contratos de trabajo de duración determinada deben estar justificados por necesidades empresariales específicas, como los “picos productivos”. Sin embargo, la Corte de Casación ha reiterado que, para satisfacer el requisito de especificidad, la causal debe ir acompañada de datos concretos que demuestren la efectiva necesidad de la contratación temporal.
Indicación de la causal justificativa - “Picos productivos” - Suficiencia - Supuesto de hecho. En los contratos de trabajo de duración determinada, satisface el requisito de especificidad la causal justificativa que haga referencia a "picos productivos", es decir, a la intensificación de la actividad, cuando vaya acompañada de otros datos de conocimiento que permitan la identificación de la razón organizativa y el control de su efectividad, así como de la relación de causalidad con la contratación. (En el supuesto de hecho, la S.C. ha confirmado la sentencia de apelación que había declarado la ilegitimidad de dos contratos para prestaciones de trabajo a término -uno temporal para prestación de trabajo temporal, el otro de suministro de trabajo, ambos prorrogados y con objeto el desempeño de funciones de cartero- al constatar que la empresa usuaria Poste Italiane S.p.A. no había aportado prueba ni de la efectiva existencia de las razones justificativas que legitimasen el recurso a dichos contratos, ni del nexo causal entre dichas razones justificativas y la contratación del empleado).
La sentencia en cuestión ha establecido que la empresa usuaria, en este caso Poste Italiane S.p.A., no ha proporcionado pruebas suficientes para justificar la contratación de los trabajadores a término. Esto implica que las empresas deben estar preparadas para demostrar no solo la existencia de los picos productivos, sino también el nexo causal entre estas razones y la contratación en sí. La falta de tales pruebas puede llevar a la ilegitimidad del contrato y, en consecuencia, a sanciones para el empleador.
En resumen, la sentencia n.º 22869 de 2024 representa una importante confirmación de la necesidad de una causal justificativa bien definida en los contratos de trabajo de duración determinada. Las empresas deben prestar especial atención a la documentación y a las pruebas a proporcionar para evitar problemáticas legales. Un enfoque diligente no solo protege los derechos de los trabajadores, sino que también resguarda a las empresas de posibles litigios futuros.