La sentencia n.º 39341 del 26 de junio de 2023, emitida por la Corte de Casación, ofrece una importante reflexión sobre las medidas a adoptar frente a quienes cometen delitos de violencia doméstica o de género. En particular, analiza las obligaciones de tratamiento previstas en el artículo 165, párrafo quinto, del código penal, introducidas por el llamado "Código rojo". Este artículo establece que la suspensión condicional de la pena para tales delitos está supeditada a la participación en específicos itinerarios de reeducación.
La sentencia aclara que la obligación de participar en itinerarios de tratamiento para los autores de delitos de violencia doméstica tiene un contenido de especial prevención. Esto significa que no se trata de una simple reparación del daño, sino de una intervención orientada a prevenir la reincidencia, a través de la reeducación del sujeto con la ayuda de expertos. El objetivo primordial es evitar el riesgo de que tales comportamientos violentos puedan repetirse.
Delitos del "código rojo" de violencia doméstica o de género - Obligaciones de tratamiento ex art. 165, párrafo quinto, cod. pen. - Asimilabilidad a otras obligaciones de carácter reparatorio - Exclusión - Consecuencias - Participación en tratamientos genéricos contra las adicciones - Denegación del beneficio - Legitimidad - Supuesto de hecho. En materia de suspensión condicional de la pena, la obligación de participar en los itinerarios de tratamiento de que trata el art. 165, párrafo quinto, cod. pen., introducido por el art. 6, apartado 1, ley 19 de julio de 2019 n.º 69 (denominado "Código rojo"), a la que está supeditado el reconocimiento del beneficio a favor de los autores de delitos de violencia doméstica o de género, tiene un contenido de especial prevención totalmente distinto de las otras formas de reparación contempladas por el mismo art. 165, estando dirigido a evitar, a través de la reeducación del sujeto y con la ayuda de expertos, el peligro de reincidencia respecto a tales delitos, por lo que es legítima la denegación del beneficio en caso de participación en programas de recuperación de adicciones (en la especie, toxicológica y alcohólica) carentes de los susodichos requisitos de especificidad.
La sentencia n.º 39341 de 2023 representa un paso significativo en la lucha contra la violencia de género, subrayando la importancia de intervenciones específicas y orientadas al tratamiento de los autores de tales delitos. Es esencial que el sistema jurídico continúe dando prioridad a la prevención de la reincidencia, garantizando que los programas de reeducación sean adecuados y pertinentes. Solo así se podrá contribuir realmente a un cambio positivo en la sociedad.