El sistema de pensiones italiano es un ámbito complejo que requiere claridad jurisprudencial. La Corte de Casación, con la Sentencia n. 17703 del 30 de junio de 2025, ha proporcionado una aclaración esencial sobre las modalidades de opción para el cálculo de la pensión contributiva. Esta decisión es crucial para los trabajadores, ya que define cómo manifestar válidamente su elección al INPS, previniendo futuras impugnaciones.
La Ley n. 335 de 1995 (art. 1, apartado 23) permite a los trabajadores optar por la liquidación de la pensión con las reglas del sistema contributivo. Este método calcula el subsidio sobre las contribuciones abonadas, distinguiéndose del retributivo. Dada su incidencia en el importe final, la elección debe expresarse de forma inequívoca y conforme a la ley.
La controversia examinada por la Casación, entre T. P. e I. S., versaba sobre la forma requerida para dicha opción. La Suprema Corte, desestimando el recurso y confirmando la Corte de Apelación de Milán, ha reiterado un principio inderogable. He aquí la máxima de la sentencia:
La voluntad de optar por la liquidación del tratamiento de pensión exclusivamente con las reglas del sistema contributivo, ex art 1, apartado 23, de la l. n. 335 de 1995, debe expresarse con declaración escrita dirigida por el trabajador al Ente previsional, ni las indicadas modalidades de forma son sustituibles con la comunicación mensual patronal de los llamados flujos Uniemens, en razón del alcance de la elección, de los reflejos (también de naturaleza publicística) de la misma y de las conexas exigencias de certeza.
La resolución es clara: la opción contributiva requiere una "declaración escrita" directa del "trabajador al Ente previsional" (INPS). Las comunicaciones Uniemens del empleador no pueden sustituir esta manifestación de voluntad, al no representar una declaración individual sobre una elección determinante para la pensión.
Las motivaciones de la Casación se basan en principios esenciales:
Estos elementos evidencian cómo la forma escrita no es un mero cumplimiento, sino garantía de claridad y trazabilidad de la voluntad del trabajador.
La Sentencia n. 17703/2025 de la Casación es una aclaración fundamental para quienes pretenden optar por el sistema de cálculo de pensiones contributivas. Es indispensable una declaración escrita y formal enviada directamente al INPS por el trabajador; las comunicaciones Uniemens no son suficientes. Esta formalidad protege al trabajador, asegurando que su elección sea reconocida sin incertidumbres. Para la previsión social, se recomienda recurrir a profesionales cualificados para garantizar la correcta ejecución y salvaguardar el propio derecho a una pensión tranquila.