Warning: Undefined array key "HTTP_ACCEPT_LANGUAGE" in /home/stud330394/public_html/template/header.php on line 25

Warning: Cannot modify header information - headers already sent by (output started at /home/stud330394/public_html/template/header.php:25) in /home/stud330394/public_html/template/header.php on line 61
Comentario a la Sentencia Cass. Pen. n. 10218 de 2024: Lavado de Dinero y Confiscación del Producto. | Bufete de Abogados Bianucci

Comentario a la Sentencia Cass. Pen. n. 10218 de 2024: Blanqueo de capitales y Confiscación del Provecho

La sentencia de la Corte Suprema de Casación, Sección II, n. 10218 de 2024, aborda de manera significativa las problemáticas relacionadas con el delito de blanqueo de capitales, en particular en lo que respecta a la confiscación del beneficio derivado de dicha actividad ilícita. La Corte anuló la orden del Tribunal de Bari, que había acogido la solicitud de revisión de un investigado por el delito de blanqueo de capitales, A.A., sosteniendo que la confiscación por equivalente debe limitarse a la ventaja patrimonial efectivamente obtenida por el blanqueador.

La distinción entre beneficio y provecho

Un aspecto central de la sentencia es la distinción entre beneficio y provecho del delito. La Corte reiteró que la confiscación por equivalente solo se puede aplicar en relación con el valor de la ventaja patrimonial realmente obtenida por el blanqueador, y no sobre la totalidad de la suma derivada de las operaciones ilícitas. Este principio está en línea con orientaciones jurisprudenciales anteriores, como se destaca en las sentencias citadas en la resolución.

La confiscación por equivalente debe limitarse a la ventaja patrimonial efectivamente obtenida por el blanqueador y no a la totalidad del importe derivado de las operaciones realizadas por el autor del delito subyacente.

Las implicaciones jurídicas de la sentencia

  • Aclaración del concepto de beneficio: la Corte subrayó que el beneficio debe interpretarse de manera restrictiva, limitándose a la ventaja económica efectiva obtenida por el sujeto acusado.
  • Reconocimiento de la necesidad de una evaluación probatoria adecuada: el Tribunal de Bari había constatado un déficit probatorio en cuanto a la ventaja patrimonial efectivamente obtenida por el investigado.
  • Coherencia con las normativas europeas: la Corte recordó la necesidad de interpretar el derecho nacional en conformidad con los principios de las normativas supranacionales, como el Convenio del Consejo de Europa sobre el blanqueo de capitales.

Conclusiones

La sentencia n. 10218 de 2024 representa un importante paso adelante en la comprensión del delito de blanqueo de capitales y de las relativas consecuencias jurídicas. Aclara no solo los límites de la confiscación por equivalente, sino también la necesidad de una aplicación rigurosa de las normas penales en relación con los beneficios ilícitos. La Corte, con su intervención, invita a reflexionar sobre cómo las disposiciones jurídicas deben aplicarse de manera equitativa y justa, respetando los derechos de los investigados y las finalidades de prevención y represión del crimen.

Bufete de Abogados Bianucci