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Responsabilidad del guardián: comentario a la sentencia n. 51452 de 2023. | Bufete de Abogados Bianucci

Responsabilidad del custodio: comentario a la sentencia n. 51452 de 2023

La sentencia n. 51452 del 12 de septiembre de 2023, emitida por la Corte de Casación, representa una importante resolución en materia de responsabilidad civil, en particular en lo que respecta al papel del custodio de bienes. En este caso, el titular de un agroturismo fue llamado a responder por el homicidio culposo de una clienta, que cayó a causa del desprendimiento de la valla de un área. La Corte estableció que el usuario de un bien, aunque no sea propietario, puede ser considerado responsable por los daños causados por su negligencia.

La posición de garantía del custodio

La Corte aplicó el principio de "posición de garantía" contenido en el artículo 40, segundo párrafo, del Código Penal, el cual establece que quien utiliza un bien es considerado custodio y, por lo tanto, tiene la obligación de prevenir eventos dañosos. Esto significa que el custodio debe señalar los riesgos relacionados con el uso del bien, actuando con la diligencia requerida por la situación. En esta hipótesis, el custodio tiene la obligación de mantener segura el área e informar a los usuarios de cualquier peligro.

Posición de garantía - Existencia - Fuente - Custodia del área - Utilización "uti dominus" - Suficiencia - Hipótesis. En materia de responsabilidad por culpa, el usuario "uti dominus" de un bien es titular, en calidad de custodio del mismo, de una posición de garantía ex art. 40, segundo párrafo, cod. pen., incluso en el caso de que no sea propietario. (En aplicación del principio, la Corte anuló la decisión de absolución del delito de homicidio culposo del titular de un agroturismo, al que se le imputó la caída de una clienta, originada por el desprendimiento de la valla de un área, al considerar que el custodio está obligado a señalar los peligros relacionados con su uso, en razón de la proximidad a la fuente de peligro).

Implicaciones de la sentencia

La decisión de la Corte de Casación tiene importantes implicaciones para los titulares de actividades comerciales y para quienes gestionan bienes ajenos. Subraya que la responsabilidad no se limita solo al propietario del bien, sino que se extiende a quienquiera que lo utilice. Es crucial, por lo tanto, que los custodios implementen medidas preventivas adecuadas e informen a los clientes sobre los riesgos. A continuación, algunas consideraciones prácticas:

  • Verificación periódica del estado de los bienes y de las áreas utilizadas.
  • Señalización clara de cualquier peligro o riesgo presente.
  • Formación del personal para garantizar la seguridad de los usuarios.

Conclusiones

La sentencia n. 51452 de 2023 representa un paso adelante en la definición de la responsabilidad civil en el ámbito penal. Aclara que la custodia comporta obligaciones específicas de prevención e información, a fin de reducir los riesgos para los usuarios. Los titulares de actividades comerciales deben, por lo tanto, ser conscientes de sus responsabilidades y adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad de sus clientes.

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