La sentencia n.º 47927, de 20 de octubre de 2023, depositada el 1 de diciembre de 2023, se enmarca en un contexto jurídico de gran actualidad, abordando la cuestión de la admisibilidad del recurso de casación en relación con la obligación de depositar un mandato para recurrir. Esta decisión es particularmente significativa, ya que introduce aclaraciones sobre la normativa vigente en materia de recursos, estableciendo reglas precisas para los imputados ausentes.
La referencia principal de la sentencia es el artículo 581, apartado 1-quater, del código de procedimiento penal, introducido por el Decreto Legislativo n.º 150, de 10 de octubre de 2022. Dicha norma establece que, en caso de ausencia del imputado, es necesario conferir al defensor un mandato específico para proceder a la impugnación, bajo pena de inadmisión de la misma. Este mecanismo fue concebido para garantizar que el imputado esté siempre informado sobre el desarrollo del proceso, incluso cuando no está presente.
ADMISIBILIDAD E INADMISIBILIDAD - Carga de depositar el mandato específico para recurrir previsto en el art. 581, apartado 1-quater, del código de procedimiento penal - Aplicabilidad al recurso de casación - Existencia - Razones. En materia de recursos, la disposición del art. 581, apartado 1-quater, del código de procedimiento penal, introducida por el art. 33 del D.Lgs. 10 de octubre de 2022, n.º 150, que impone al imputado ausente, bajo pena de inadmisión del recurso, conferir al defensor un mandato específico para recurrir, emitido posteriormente a la sentencia, es aplicable también al juicio de casación, tratándose de una disposición funcional para garantizar al imputado el conocimiento seguro del progreso procesal. (En la motivación, la Corte precisó además que la carga de adjuntar al escrito de recurso la elección o declaración de domicilio, prevista también bajo pena de inadmisión, opera solo en el caso en que el recurso genere la necesidad de notificar el decreto de citación a juicio y, por lo tanto, solo cuando se presente un escrito de apelación, sin que importe que el recurrente haya sido, o no, declarado ausente en el grado anterior del juicio).
La Corte ha reiterado, por tanto, que la carga de depositar el mandato se extiende también al recurso de casación, subrayando la importancia de dicho documento para garantizar el derecho a la defensa y el conocimiento del proceso. Además, se ha aclarado que la obligación de proporcionar la elección o declaración de domicilio se aplica solo en circunstancias específicas relacionadas con el escrito de apelación.
En conclusión, la sentencia n.º 47927 de 2023 representa un paso significativo hacia una mayor claridad en los procedimientos de impugnación, fortaleciendo los derechos de los imputados y garantizando un adecuado ejercicio del derecho de defensa. Es fundamental que los abogados presten especial atención a estos aspectos, con el fin de evitar la inadmisión de los recursos y garantizar una correcta representación de sus asistidos, incluso en caso de ausencia durante las audiencias.