La reciente ordenanza n. 10571 del 18 de abril de 2024, emitida por la Corte de Casación, ofrece una importante reflexión sobre los contratos de duración determinada en el sector público. En particular, la sentencia aclara que en el empleo público contratado, la sucesión de contratos de duración determinada no puede superar el límite de treinta y seis meses, so pena de considerar la reiteración como abusiva. Este principio es fundamental para la tutela de los derechos de los trabajadores y para garantizar estabilidad en el mercado laboral público.
El caso en cuestión enfrentó a R. (S. A.) y M. (V. S.) sobre la legitimidad de contratos de duración determinada. La Corte de Apelación de Trieste, con su decisión del 6 de diciembre de 2018, ya había establecido que la reiteración de los contratos más allá del límite establecido por la normativa debía considerarse abusiva, independientemente de que las contrataciones se hubieran realizado a través de distintos concursos públicos.
En general. En el empleo público contratado, en caso de sucesión de contratos de duración determinada, se aplica el límite de treinta y seis meses de duración total, transcurrido el cual la reiteración debe considerarse abusiva, sin importar que la contratación a término se haya realizado, en cada ocasión, al finalizar distintos concursos públicos.
Esta máxima evidencia claramente la intención del legislador de limitar el uso de los contratos a término, para evitar que se conviertan en la norma, en lugar de la excepción. La norma de referencia es el Decreto Legislativo n. 368 de 2001, que en su artículo 5, apartado 4, establece precisamente el límite de treinta y seis meses. Esta disposición es tanto un disuasorio para las administraciones públicas como una salvaguardia para los trabajadores, evitando situaciones de precariedad prolongada.
Las implicaciones de esta sentencia son múltiples y afectan tanto a las administraciones públicas como a los trabajadores. Entre las principales consecuencias se pueden destacar:
En un contexto europeo, el respeto de tales límites está en línea con las directivas comunitarias que buscan garantizar condiciones de trabajo equitativas y la protección de los derechos de los trabajadores. La sentencia n. 10571 de 2024 se inserta, por tanto, en un marco más amplio de tutela del trabajo, no solo a nivel nacional, sino también europeo.
La sentencia n. 10571 de 2024 representa un importante paso adelante en la regulación de los contratos de duración determinada en el empleo público. Confirma la necesidad de respetar el límite de treinta y seis meses, promoviendo una mayor estabilidad para los trabajadores y una gestión más responsable por parte de las administraciones. Es fundamental que los juristas y los profesionales del sector legal continúen monitorizando la evolución de tales normativas para garantizar una correcta aplicación y protección de los derechos de los trabajadores en el contexto público.