La sentencia n.º 18757 de 2022, emitida por la Corte de Casación, ofrece una importante clarificación en cuanto a la ejecución de las penas concurrentes y la gestión de la libertad anticipada. El tema es de suma relevancia para quienes operan en el ámbito del derecho penal, ya que aborda cuestiones complejas relativas a la acumulación de condenas y las modalidades de detracción de los periodos de libertad.
La cuestión central de la sentencia concierne a la aplicación del art. 78 del Código Penal, que regula la acumulación de penas. Según la Corte, en caso de múltiples periodos de libertad anticipada relativos a condenas por delitos cometidos en tiempos distintos, es necesario proceder a la formación de acumulaciones parciales. Esto implica un cómputo separado para cada periodo de libertad, teniendo en cuenta las detraciones que deben operarse. Dicho enfoque tiene como objetivo garantizar una evaluación equitativa y proporcional de las penas impuestas.
Pluralidad de condenas y de periodos de libertad anticipada disfrutados en tiempos distintos - Acumulación - Modalidades de formación. En materia de ejecución de penas concurrentes, en el caso en que concurran múltiples periodos de libertad anticipada relativos a condenas por delitos cometidos en tiempos distintos - anteriores o posteriores a la detención o a la libertad anticipada - debe procederse a la formación de acumulaciones parciales con cómputo separado, para cada uno de ellos, de las detraciones que, a varios títulos, deban operarse, teniendo en cuenta, primero para las acumulaciones parciales y, luego, para la total, el criterio moderador de que trata el art. 78 del Código Penal, que debe aplicarse no de forma unitaria y al final, sino a las penas impuestas por los delitos cometidos antes del inicio de la detención.
Esta máxima evidencia la importancia de una aplicación no solo rigurosa, sino también articulada de las normas. Es fundamental que los operadores del derecho consideren los periodos individuales de libertad y el impacto de cada uno de ellos en la pena global.
La sentencia n.º 18757 de 2022 representa un paso adelante en la clarificación de las complejidades de la acumulación de condenas y la libertad anticipada. Establece un importante precedente para la jurisprudencia, subrayando la necesidad de una aplicación atenta y diferenciada de las normas. Los operadores del derecho deben prestar particular atención a estas indicaciones, que pueden influir significativamente en las decisiones procesales y las estrategias de defensa.