La reciente sentencia n.º 32176 del 8 de mayo de 2024, emitida por la Corte de Casación, proporciona importantes aclaraciones sobre la confiscación por equivalente en el contexto del delito de blanqueo de capitales. Este tema reviste una importancia crucial en el panorama jurídico italiano, ya que la confiscación no solo afecta la esfera patrimonial del imputado, sino que también tiene implicaciones significativas en términos de disuasión y justicia social.
La cuestión abordada por la Corte se refiere a la aplicación del artículo 648-quater del Código Penal, el cual establece las disposiciones relativas a la confiscación por equivalente en casos de blanqueo de capitales. Específicamente, la sentencia aclara que la medida de incautación debe ser dispuesta por el valor correspondiente a las sumas objeto de las operaciones destinadas a obstaculizar la identificación del origen delictivo.
Blanqueo de capitales - Confiscación ex art. 648-quater, párrafo segundo, cod. pen. - Objeto - Identificación. En materia de confiscación por equivalente consecuente al delito de blanqueo de capitales, la medida de incautación debe ser dispuesta por el valor correspondiente a las sumas objeto de las operaciones dirigidas a obstaculizar la identificación del origen delictivo, incluso si no corresponden a la utilidad económica obtenida por el blanqueador y no pertenecen a este último.
Esta sentencia se inserta en un debate jurídico más amplio sobre el principio de proporcionalidad y el derecho a la propiedad, consagrado en el artículo 1 del Protocolo Adicional al Convenio Europeo de Derechos Humanos. La Corte de Casación, reiterando la importancia de la confiscación por equivalente, sostiene que la eficacia de la lucha contra el crimen organizado requiere medidas rigurosas capaces de desincentivar comportamientos ilícitos.
En conclusión, la sentencia n.º 32176 de 2024 representa un paso significativo en la definición de los contornos jurídicos relativos a la confiscación por blanqueo de capitales. Subraya cómo las medidas patrimoniales deben aplicarse no solo en función de la utilidad económica del blanqueador, sino también en relación con el valor de las sumas involucradas en las operaciones de blanqueo. Este enfoque podría tener un fuerte impacto en la lucha contra el blanqueo de capitales y contribuir a una mayor protección de la legalidad y de la economía.