La reciente sentencia de la Corte de Casación, n. 35031 del 18 de septiembre de 2024, ofrece puntos cruciales sobre la configuración del delito de peculado, en particular sobre la necesidad de evaluar la ofensividad de la conducta del imputado. En este caso, la Corte anuló la condena de A.A., enfermera acusada de peculado, al considerar que el valor de los bienes sustraídos era tan exiguo que no justificaba la aplicación de la norma penal.
A.A. había sido condenada en primera instancia por haber sustraído medicamentos y material sanitario del hospital donde trabajaba. Sin embargo, la Corte de Apelación de Catania había redeterminado la pena, si bien confirmando la responsabilidad. La Casación, al examinar el caso, subrayó que la conducta no podía considerarse ofensiva, dado el valor irrisorio de los bienes apropiados, equivalente a solo 13,50 euros.
La Corte excluyó la configurabilidad del delito de peculado cuando la conducta apropiativa concierne a bienes carentes de un valor económicamente apreciable.
La decisión de la Casación se basa en principios jurídicos consolidados, que establecen que un delito debe caracterizarse por una conducta ofensiva. En este caso, los jueces hicieron referencia al principio de ofensividad, según el cual el delito de peculado no existe si no se puede demostrar un daño concreto a la entidad pública. Esto está en línea con la jurisprudencia anterior, que ha excluido la punibilidad por conductas que no lesionan el interés público de manera significativa.
La sentencia n. 35031/2024 representa un importante paso en la definición de los límites de la aplicación del delito de peculado. La Corte de Casación reiteró que el elemento de la ofensividad es fundamental para la configuración de este delito, excluyendo la punibilidad en casos de exigüidad de los bienes sustraídos. Esta orientación jurisprudencial podría tener repercusiones significativas en casos futuros, reiterando la importancia de una evaluación atenta y rigurosa de las circunstancias concretas en el tratamiento de delitos que involucran bienes de la administración pública.