La reciente sentencia del Tribunal Supremo de Casación (n.º 26263 del 4 de julio de 2024) ha reavivado el debate sobre los requisitos necesarios para la configuración del delito de maltratos en el ámbito familiar, en particular en lo que respecta a la necesaria convivencia entre el autor de los delitos y la víctima. La decisión, que anuló la sentencia de la Corte de Apelación de Venecia, se centra en la importancia de la prueba de la convivencia para la integración del delito en virtud del art. 572 del Código Penal.
En la sentencia en cuestión, A.A. había sido condenado por maltratos a su conviviente, pero el recurso puso en tela de juicio la efectiva existencia de una relación de convivencia. La Corte de Apelación había considerado que la coparentalidad era suficiente para configurar el delito, sin profundizar adecuadamente en la cuestión de la convivencia. Sin embargo, la Casación señaló que la falta de un proyecto de vida común y la distancia geográfica entre ambos eran elementos relevantes para la acreditación del hecho delictivo.
La Corte subrayó cómo el concepto de "convivencia" presupone una relación afectiva estable y duradera, no limitada a contactos esporádicos.
Esta sentencia tiene importantes implicaciones tanto en el plano jurídico como en el social. De hecho, el principio que establece la necesidad de una convivencia efectiva para configurar el delito de maltratos en el ámbito familiar es fundamental para prevenir abusos de la normativa penal. La jurisprudencia, como ha puesto de manifiesto la Casación, debe atenerse a criterios restrictivos, evitando interpretaciones excesivamente amplias que puedan dar lugar a conflictos entre las partes.
En conclusión, la sentencia de la Casación representa un paso significativo hacia una definición más clara de los requisitos necesarios para la configuración del delito de maltratos en el ámbito familiar. La necesidad de establecer una convivencia efectiva entre el autor y la víctima es un elemento crucial que ayuda a garantizar una justicia equitativa y proporcionada. La jurisprudencia debe seguir evolucionando para responder adecuadamente a las complejidades de las relaciones familiares modernas, tutelando tanto a las víctimas de maltratos como los derechos de los imputados.