La reciente sentencia n.º 28203, de 30 de marzo de 2023, dictada por la Corte de Casación, ha suscitado un notable interés en el ámbito del derecho penal, en particular en lo que respecta a la cuestión de la reincidencia y la relevancia de las condenas por delitos posteriormente abolidos. En este artículo, analizaremos el significado de esta sentencia, sus implicaciones y el contexto jurídico en el que se enmarca.
La Corte, presidida por G. Santalucia y con A. V. Lanna como ponente, anuló parcialmente sin reenvío una decisión de la Corte de Apelación de Florencia, estableciendo un principio fundamental:
“Delito precedente posteriormente abolido - Relevancia de la condena a efectos del reconocimiento de la reincidencia - Exclusión - Razones. En materia de reincidencia, no tiene relevancia la condena por una tipología de delito objeto de 'abolitio criminis', en cuanto la abrogación del delito, así como la despenalización, determina la eliminación de todo efecto penal conectado a la condena misma.”
Esta máxima evidencia un principio de gran importancia en el derecho penal: la condena por un delito que ha sido posteriormente abolido no puede ser utilizada como antecedente penal a efectos del reconocimiento de la reincidencia. Esto significa que, en el momento en que un delito es despenalizado o abolido, los efectos penales derivados de condenas previas por dicho delito se anulan automáticamente.
La sentencia n.º 28203 de 2023 representa un paso adelante en la protección de los derechos de los condenados y en la claridad del sistema jurídico italiano. Reafirma un principio fundamental: la ley debe garantizar que las condenas pasadas no influyan de manera injusta en la vida de un individuo, especialmente cuando dichas condenas se refieren a delitos que ya no existen. Es esencial que el derecho penal continúe evolucionando de manera que refleje los cambios sociales y las exigencias de justicia, para un sistema jurídico cada vez más equitativo y justo.