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Comentario sobre la Sentencia n.º 49499 de 2023: Procedibilidad a Querella e Inadmisibilidad del Recurso. | Bufete de Abogados Bianucci

Comentario sobre la Sentencia n.º 49499 de 2023: Procedibilidad a Querella e Inadmisibilidad del Recurso

La sentencia n.º 49499 del 15 de noviembre de 2023, publicada el 13 de diciembre de 2023, ha suscitado un interesante debate entre los operadores jurídicos sobre la cuestión de la procedibilidad a querella y su incidencia en la inadmisibilidad de los recursos en sede de legitimidad. En este artículo, analizaremos los puntos clave de esta decisión de la Corte de Casación, intentando hacer comprensibles las implicaciones legales para los ciudadanos y los abogados.

El Contexto Normativo

La cuestión central de la sentencia se refiere a la aplicación del artículo 2 del D.Lgs. n.º 150 de 2022, que ha modificado la procedibilidad de algunos delitos, haciéndolos procedibles a querella. Este cambio normativo ha planteado interrogantes sobre cómo esta modificación se interrelacionaría con los recursos ya pendientes en Casación. Según la Corte, la sobreveniencia de la procedibilidad a querella no puede considerarse una "abolitio criminis" y no incide en la declaración de inadmisibilidad de un recurso.

Análisis de la Sentencia

Juicio de legitimidad - Recurso inadmisible - Delito devenido procedible a querella ex art. 2 d.lgs. n.º 150 de 2022 - Falta de querella - Improcedibilidad - Prevalencia sobre la declaración de inadmisibilidad - Exclusión - Razones - Supuesto de hecho. En los juicios pendientes en sede de legitimidad, la sobreveniencia de la procedibilidad a querella por efecto de la entrada en vigor del d.lgs. 10 de octubre de 2022, n.º 150, no opera como hipótesis de "abolitio criminis", capaz de prevalecer sobre la inadmisibilidad del recurso e incidir en el llamado "juicio de cosa juzgada sustancial". (Supuesto de hecho relativo a tentativa de robo agravado por haber usado violencia sobre las cosas, en el que la Corte ha considerado inadmisible el recurso que solicitaba la consideración de la falta de interposición de la querella en relación con delitos para los cuales se había introducido, posteriormente a la sentencia impugnada y durante la tramitación del recurso, tal forma de procedibilidad por el d.lgs. 10 de octubre de 2022, n.º 150).

La Corte ha establecido que, en el caso de especie, el recurso fue declarado inadmisible precisamente porque no se había presentado la querella, elemento esencial para la procedibilidad del delito. Esto aclara que la modificación normativa no retroactúa a favor de quien ya ha presentado un recurso en Casación, manteniendo así una clara distinción entre la nueva disciplina y el juicio de legitimidad.

Conclusiones

La sentencia n.º 49499 representa un importante punto de referencia para la comprensión de la nueva normativa sobre la procedibilidad a querella. Establece claramente que los cambios introducidos por el D.Lgs. n.º 150 de 2022 no pueden influir en los juicios ya pendientes, subrayando la importancia de la querella como presupuesto indispensable para la procedibilidad. Este aspecto es crucial para los abogados y sus representados, ya que evidencia la necesidad de actuar con prontitud respetando las nuevas normas y de presentar las querellas en tiempo útil para evitar la improcedibilidad de los delitos. Por lo tanto, la decisión de la Corte de Casación proporciona una guía valiosa para la gestión de situaciones legales similares en el futuro.

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