La sentencia n.º 11433 del 29 de abril de 2024, emitida por la Corte de Casación, aborda un tema de gran relevancia en el ámbito de la vivienda de protección oficial, en particular respecto a los derechos de subrogación de los nietos en caso de fallecimiento del adjudicatario. Este supuesto es de particular interés para quienes se encuentran ante situaciones similares, en las que la continuidad de la residencia está ligada a requisitos legislativos específicos.
La Corte se pronunció sobre un caso en el que un nieto solicitaba la subrogación en la adjudicación de una vivienda pública tras el fallecimiento de su abuela, adjudicataria del inmueble. La normativa de referencia es el artículo 12 de la ley regional del Lacio n.º 12 de 1999, que establece las condiciones para la subrogación en caso de fallecimiento. La Corte aclaró que los nietos pueden obtener este derecho solo si convivían con el adjudicatario durante al menos dos años antes de la publicación de la convocatoria.
En general. En materia de vivienda de protección oficial, en caso de fallecimiento del adjudicatario, de conformidad con el art. 12 l.r. Lacio n.º 12 de 1999, los nietos tienen derecho a la subrogación en la adjudicación, solo si convivieron con el familiar de forma ininterrumpida durante al menos dos años a la fecha de publicación de la convocatoria, tratándose de descendientes y como tales contemplados solo como componentes del núcleo familiar originalmente adjudicatario a que se refiere el art. 11, apartado 5, y no tampoco del ampliado a que se refiere el art. 12, apartado 4 de la misma ley. (En el caso específico, la S.C. consideró exenta de censura la sentencia de rechazo de la demanda de declaración de existencia de los requisitos para la subrogación propuesta por el nieto de la adjudicataria que, solo después de la adjudicación, se había trasladado a la vivienda de su abuela para prestarle asistencia, al ser esta inválida al 100%).
Esta decisión tiene importantes repercusiones para las familias que se encuentran en situaciones análogas. En particular, es fundamental que los nietos consideren los siguientes aspectos:
La sentencia n.º 11433 de 2024 representa una importante aclaración sobre la normativa relativa a la vivienda de protección oficial y los derechos de subrogación de los nietos. Es fundamental que las familias sean conscientes de los requisitos previstos por la ley y se preparen adecuadamente en caso de tener que ejercer tales derechos. La correcta interpretación de la normativa puede marcar la diferencia en la garantía de la estabilidad habitacional en momentos de dificultad.