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Usucapión e Inversión de la Posesión: Comentario a la Ordenanza n. 9566 de 2024. | Bufete de Abogados Bianucci

Usucapión e Interversión de la Posesión: Comentario a la Sentencia n. 9566 de 2024

Recientemente, la Sentencia n. 9566 del 09 de abril de 2024 del Tribunal de Casación ha proporcionado aclaraciones significativas en materia de usucapión e interversión de la posesión. La sentencia se ha centrado en la cuestión de la idoneidad del acto de donación nulo para determinar la interversión de la detentación en posesión, un tema de gran relevancia para quienes operan en el campo del derecho civil.

El Contexto Normativo

El Tribunal examinó una situación en la que un acto de donación, aunque nulo por falta de forma, fue considerado potencialmente idóneo para generar la posesión necesaria para la usucapión. Según el art. 1158 del Código Civil, la usucapión permite adquirir la propiedad de un bien a través de la posesión continuada e ininterrumpida durante un cierto período de tiempo. Sin embargo, para que se pueda hablar de usucapión, es necesario que la posesión sea cualificada, es decir, que derive de un acto idóneo para transferir la propiedad.

La Máxima de la Sentencia

En general. En materia de usucapión, el acto de donación nulo, aunque sea inidóneo para transferir la propiedad, puede constituir un elemento idóneo para determinar la interversión de la detentación en posesión, de tal manera que la posesión subsiguiente sea apta para la usucapión, sin necesidad de ningún acto de oposición por parte del detentador frente al poseedor. (En el caso específico, la S.C. casó la sentencia de instancia que había desestimado la demanda de usucapión abreviada interpuesta por el detentador y basada en la circunstancia de la donación informal del fundo por parte de la propietaria originaria, tratándose de una donación nula por falta del acto público, no admitiendo la prueba testifical al respecto, sin considerar que aquella donación informal, de haberse demostrado efectivamente, podría haber determinado la interversión en la posesión a favor del detentador).

Reflexiones sobre la Sentencia

La sentencia comentada ha puesto de relieve cómo un acto de donación nulo, si se demuestra efectivamente, puede influir en la situación de posesión. Esto implica que, incluso en ausencia de una transferencia válida de propiedad, el comportamiento de las partes puede modificar las dinámicas de posesión. El Tribunal, de hecho, casó el juicio de instancia que no había considerado la importancia de la donación informal, subrayando que la ausencia de un acto de oposición por parte del detentador es un elemento crucial.

  • Importancia de la interversión de la posesión para la usucapión.
  • Reconocimiento de las pruebas testificales en el ámbito de donaciones informales.
  • Reflejos prácticos en futuras controversias en materia de posesión y usucapión.

Conclusiones

En conclusión, la Sentencia n. 9566 de 2024 representa un importante paso adelante en la comprensión de las dinámicas ligadas a la usucapión y la posesión. Aclara que incluso actos formalmente nulos pueden tener relevancia jurídica, abriendo el camino a una mayor flexibilidad en las controversias de posesión. Es fundamental que los profesionales del sector consideren estas implicaciones, para tutelar mejor los intereses de sus representados.

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