La sentencia n.º 20228 del 23 de junio de 2022 del Tribunal Supremo representa una importante resolución en materia de divorcio y pensión compensatoria. Analizando el caso de B.A. y D.B., el Tribunal ha proporcionado aclaraciones significativas sobre los criterios de determinación de la pensión, la causalidad en la separación y las condiciones económicas de los cónyuges.
El Tribunal de Palermo había establecido inicialmente una pensión compensatoria de 2.500,00 euros mensuales a favor de D. y una contribución de 4.000,00 euros para el sustento de las hijas. La Audiencia Provincial, confirmando la decisión, excluyó la atribución de la separación a D.B., considerando que la crisis conyugal ya estaba en curso antes de su abandono del domicilio conyugal.
La Audiencia Provincial consideró el abandono de la esposa como consecuencia y no como causa de la crisis conyugal, basándose en pruebas indiciarias y testimonios.
El recurrente impugnó la decisión de la Audiencia Provincial por tres motivos principales:
El Tribunal Supremo consideró infundados los motivos, confirmando que la crisis conyugal era preexistente al abandono y que la cuantificación de la pensión compensatoria se basaba en elementos concretos y medibles, como el nivel de vida durante el matrimonio.
Esta resolución pone de manifiesto la importancia de un análisis exhaustivo de las condiciones económicas y las dinámicas relacionales en el contexto de la separación y el divorcio. El Tribunal Supremo reiteró que la pensión compensatoria debe reflejar no solo las necesidades económicas del cónyuge con menos recursos, sino también el nivel de vida disfrutado durante el matrimonio, siempre con una atención a las capacidades de ingresos reales de las partes involucradas.