¿Cuándo los Actos de Investigación Activan el Seguro de RC? La Ordenanza de la Casación n.º 17323/2025

En el complejo mundo del derecho de seguros, la interpretación de las cláusulas contractuales reviste una importancia capital, pudiendo determinar la operatividad o no de una cobertura de seguro. Una reciente intervención del Tribunal de Casación, la Ordenanza n.º 17323 del 27/06/2025, ofrece valiosas aclaraciones sobre la equiparación entre el conocimiento de "actos de investigación" y la solicitud formal de indemnización por daños en el ámbito de las pólizas de responsabilidad civil. Esta sentencia es de gran relevancia para cualquiera que se encuentre gestionando un siniestro o interpretando las condiciones de su póliza, proporcionando una brújula para orientarse entre los pliegues del contrato.

El Corazón de la Cuestión: Actos de Investigación y Activación de la Póliza

El seguro de responsabilidad civil, regulado por el Artículo 1917 del Código Civil, tiene como objetivo mantener indemne al asegurado de lo que esté obligado a pagar a terceros a título de indemnización por daños. A menudo, las pólizas incluyen cláusulas que equiparan la solicitud formal de indemnización a la mera notificación, por parte del asegurado, de "actos de investigación" relativos al hecho generador de la responsabilidad. Esta previsión está pensada para anticipar la fase de activación de la cobertura, permitiendo al asegurador intervenir de manera tempestiva.

Sin embargo, la formulación de tales cláusulas puede generar incertidumbres: ¿qué actos de investigación son suficientes? ¿Deben estar específicamente dirigidos contra el asegurado? La Suprema Corte, con la Ordenanza n.º 17323/2025, ha respondido a estas preguntas, estableciendo un límite interpretativo fundamental.

En materia de seguro de responsabilidad civil, la cláusula de póliza que equipara a la solicitud de indemnización por daños el conocimiento de "actos de investigación", conocidos de cualquier modo e inherentes al hecho generador de la responsabilidad, solo puede considerarse operativa si dichos actos son perceptibles como inequívocamente dirigidos al esclarecimiento de hechos susceptibles de dar lugar a la responsabilidad civil del asegurado deducida en contrato.

Esta máxima de la Suprema Corte es de fundamental importancia porque aclara un aspecto crucial de las pólizas de seguro de responsabilidad civil. En esencia, no es suficiente que el asegurado tenga conocimiento de una investigación genérica para activar la cobertura del seguro. La cláusula que equipara el conocimiento de "actos de investigación" a la solicitud de indemnización por daños es operativa solo si tales actos son perceptibles de manera inequívoca como dirigidos a verificar hechos que podrían generar la responsabilidad civil del asegurado. Esto significa que la investigación debe ser específica y estar orientada a establecer si el asegurado ha cometido un ilícito civil que entra dentro de la cobertura de la póliza. No basta una simple noticia de una investigación, sino que se requiere una clara indicación de que está destinada a definir una potencial responsabilidad civil a cargo del asegurado.

El Caso Específico y la Decisión de la Casación

El litigio que dio lugar a la Ordenanza n.º 17323/2025 enfrentaba a A. (D. L. N.) y A. (M. S.). El caso se refería a una póliza de seguro de responsabilidad civil suscrita por una estructura sanitaria. Antes de la suscripción del contrato, se habían realizado actos de investigación por parte de la Autoridad Judicial, pero no contra el personal de la estructura sanitaria asegurada, sino contra el marido de la víctima.

La Corte de Apelación de Roma había excluido que el mero cumplimiento de tales actos de investigación pudiera hacer operativa la equiparación prevista en la póliza. La Suprema Corte confirmó dicha decisión, desestimando el recurso. La motivación es clara: los actos de investigación, para activar la cláusula, deben estar "inequívocamente dirigidos al esclarecimiento de hechos susceptibles de dar lugar a la responsabilidad civil del asegurado deducida en contrato".

En el caso de especie, los actos de investigación no estaban dirigidos contra el personal de la estructura sanitaria asegurada, sino contra un tercero (el marido de la víctima). Por lo tanto, no podían considerarse inequívocamente orientados a identificar una responsabilidad civil de la propia estructura, y en consecuencia, no podían activar las condiciones de garantía previstas por la póliza. Esto reitera la importancia de una lectura atenta y circunstanciada de las cláusulas contractuales, en línea con los principios de interpretación de los contratos de los que trata el Artículo 1362 del Código Civil.

Las Implicaciones Prácticas de la Sentencia

La Ordenanza n.º 17323 de 2025 ofrece indicaciones cruciales para asegurados y aseguradores:

  • Los actos de investigación deben estar inequívocamente dirigidos al esclarecimiento de la responsabilidad civil del asegurado. No es suficiente la mera notificación de investigaciones genéricas o no específicamente dirigidas hacia el asegurado o su conducta.
  • La carga de la prueba, conforme al Artículo 2697 del Código Civil, recae sobre quien pretenda valerse de la cláusula, que deberá demostrar la especificidad y la direccionalidad de los actos de investigación.
  • La interpretación de las cláusulas contractuales debe siempre buscar la intención común de las partes, como se establece en el Artículo 1362 del Código Civil, evitando extensiones que vayan más allá del significado literal y la lógica negocial.

Conclusiones: Claridad y Prudencia en las Pólizas de RC

La sentencia del Tribunal de Casación con la Ordenanza n.º 17323 del 27/06/2025 refuerza el principio de especificidad en la interpretación de las cláusulas de seguros. Para las pólizas de responsabilidad civil, la simple noticia de una investigación no es suficiente para activar la cobertura si esta no está clara e inequívocamente dirigida a esclarecer la responsabilidad civil del asegurado. Esta decisión subraya la importancia para los asegurados de comprender a fondo las condiciones de su póliza y, en caso de duda, de dirigirse a profesionales legales para una correcta interpretación. Al mismo tiempo, invita a los aseguradores a redactar cláusulas cada vez más claras y precisas, para evitar litigios y garantizar la máxima transparencia en las relaciones contractuales.

Bufete de Abogados Bianucci